UGT y CCOO emitieron ayer un comunicado conjunto a través
del cual manifestaron que el Comité de Libertad Sindical de
la OIT ha reconocido que la reforma laboral que impuso el
Gobierno en el año 2012 vulnera los derechos de libertad
sindical y negociación colectiva de los convenios
ratificados por España, ante la queja presentada por ambos
sindicatos en este organismo.
Para la OIT, la crisis no era causa justificativa para
vulnerar los convenios internacionales suscritos por nuestro
país en esta materia, por lo que el Gobierno debió promover
un proceso de diálogo social efectivo en lugar de imponer la
reforma laboral. Por ello, ambos sindicatos exigen la
reversión de esta reforma injusta y regresiva y demandan al
Gobierno mayor respeto a los compromisos asumidos por los
interlocutores sociales en el II AENC, vulnerado también por
esta reforma pocos días después de su firma.
Asimismo, el informe examina la queja sobre las cuestiones
relativas al sector público por la decisión unilateral del
Gobierno, vía Real decreto-ley núm. 20/2012, de 13 de julio,
de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y
de fomento de la competitividad, de establecer una serie de
medidas de reordenación y racionalización de las
Administraciones públicas que afectan a la situación
estatutaria o contractual del personal del sector público en
general, o sólo del sector público estatal.
El Gobierno, en sus comunicaciones al Comité a raíz de la
queja, se amparaba, entre otros argumentos, en la situación
de crisis económica para justificar tanto las medidas
adoptadas como el instrumento normativo utilizado, y
solicitaba la desestimación de la queja.
En sus conclusiones, el Comité de Libertad Sindical constata
la ausencia de consulta con las organizaciones sindicales
más representativas, pese a la importancia que tiene el “
que la consulta con las organizaciones de trabajadores y de
empleadores más representativas se produzca con suficiente
antelación y en particular con tiempo suficiente antes de
que los proyectos de ley o los proyectos de Real decreto-ley
sean sometidos a consulta de estas organizaciones antes de
su aprobación por el Gobierno, requisito previo a la
tramitación parlamentaria”.
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