Los nombramientos de Adelaida Álvarez, Carolina Pérez,
Manuel Coronado y Salvador Jaramillo, siguen dando
quebraderos de cabeza al Ejecutivo Local, y es que esta
semana ha llegado una nueva citación judicial a la Ciudad
con motivo del nombramiento de viceconsejeras de Empleo y
Fomento a Adelaida Álvarez y Carolina Perez,
respectivamente.
La demanda fue interpuesta por la UGT, después de que la
central sindical lograra que la justicia le diera la razón y
anulara los nombramientos de subdirectores generales
efectuados por el Ejecutivo de Vivas, el cual con el fin de
cumplir con la sentencia decidió cesarlos como subdirectores
generales y nombrarlos viceconsejeros. Esta decisión
adoptada por el Gobierno local parece que tampoco se ajusta
a derecho y de ahí que la UGT volviera a presentar una
demanda contra los citados nombramientos.
Tal y como ha podido saber este diario la demanda presentada
por la UGT está fundamentada en que ninguno de los cuatro
viceconsejeros con cargo electo, por lo que según el
sindicato “se habría modificado el número de cargos en el
Ayuntamiento, para lo que no existe ninguna consignación
presupuestaria”.
Además de la demanda interpuesta contra los nombramientos de
Carolina Pérez y Adelaida Álvarez, la Ciudad recibirá en
breve, tal y como así ha confirmado la central sindical, las
demandas correspondientes a los nombramientos de Salvador
Jaramillo como viceconsejero de Festejos, y de Manuel
Coronado como viceconsejero de Deportes.
Del mismo modo se ha informado que las fechas de los cuatro
juicios, ya que cada nombramiento está denunciado de forma
individual, se han fijado para finales del próximo mes de
abril y principios de mayo.
Desde el Gabinete Jurídico de UGT se ha venido trabajando en
las demandas desde hace tiempo y se tiene la esperanza, al
igual que ya lograra cuando se denunció los nombramientos de
subdirectores generales, volver a contar con el respaldo de
la justicia.
Hay que recordar que el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo nº1 emitió a mediados de 2013 el fallo de la
sentencia del recurso presentado por la Federación de
Servicios Públicos de la UGT contra el acuerdo alcanzado por
el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta por el
que se formalizó el nombramiento de los cuatro subdirectores
generales.
Básicamente, entre los fundamentos jurídicos tomados en
cuenta para declarar nulo los citados nombramientos es que
ninguno de ellos “ostenta la condición de funcionario de
carrera”, por lo que se siguió el criterio adoptado el 15 de
noviembre de 2012, también en el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo, en el que también se declaró nulo el
nombramiento de director general a José Diestro.
A este respecto, el juez se apoyó principalmente en el
artículo 18 y 19, del título 2, capítulo 1 y sección III de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado, para
emitir su fallo, ya que la cual deja claro que perfil y que
funciones debe cumplir tanto el director general como el
subdirector general. A este respecto, para los nombramiento
de director y subdirector general, “habrán de efectuarse de
acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 10 del
artículo 6 entre funcionarios de carrera del Estado, de las
Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, a los que
se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o equivalente, salvo que el Real
Decreto de estructura del Departamento permita que, en
atención a las características específicas de las funciones
de la Dirección General, su titular no reúna dicha condición
de funcionario”.
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