El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha establecido
una lista con las ocho comercializadoras de referencia que
estarán obligadas a suministrar el nuevo Precio Voluntario
al Pequeño Consumidor (PVPC), que sustituye desde enero a la
anterior tarifa regulada de luz, la Tarifa de Último Recurso
(TUR). Entre las comecializadoras aparece Empresa de
alumbrado eléctrico de Ceuta, empresa suministradora de la
ciudad
La nueva lista aparece en el borrador de real decreto por el
que se establece la metodología de cálculo del nuevo PVPC,
que ha sido remitido a la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia (CNMC).
Junto a las cinco grandes eléctricas, que eran las que hasta
ahora estaban obligadas a suministrar la TUR y que son
Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, E.ON y EDP España,
figuran ahora otras tres, cuyo mandato se inscribe a las
zonas en las que tienen una implantación significativa.
Estas empresas son Cide HC-Energía, la Empresa de alumbrado
eléctrico de Ceuta y Gaselec.
Esta lista se publica con el objetivo de cumplir una
sentencia de 2011, en la que se consideraba discriminatorio
que cinco eléctricas suministren de forma obligada la tarifa
regulada. El nuevo real decreto fija ahora unos criterios
concretos para este servicio, entre ellos el de haber
suministrado a más de 100.000 clientes durante el año
anterior, o a 25.000 en el caso de Ceuta y Melilla.
De esta forma, se abre la lista y se acaba con la
arbitrariedad denunciada por las eléctricas. En todo caso,
las empresas que deseen suministrar el nuevo PVPC podrán
hacerlo si cumplen además ciertas garantías, entre ellas la
de llevar tres años en el negocio y disponer de más de
25.000 clientes.
Incertidumbre de algunos consumidores
La norma también resuelve la incertidumbre de los
consumidores que se habían quedado sin derecho a tarifa
regulada al tener más de 10 kilovatios (kW) de potencia
contratada y que no encontraban suministro a mercado. Para
estos usuarios, en muchos casos ayuntamientos e
instalaciones públicas, se fija una penalización del 20%
sobre el PVPC, sin que expire este escenario.
Industria destaca como una de las principales
características del nuevo sistema la de que ahora los
precios del componente de la energía tendrán en cuenta la
evolución real de los precios, frente al modelo anterior, en
el que el precio se fijaba a priori a través de unas
subastas, cuyo resultado no se correspondía con lo que los
resultados del mercado.
De hecho, el borrador cifra en 1.100 millones el importe que
los consumidores han pagado en concepto de las coberturas de
riesgo realizadas a través de las anteriores subastas Cesur,
a razón de 280 millones de euros al año.
La memoria del borrador detalla que el coste de producción
de la energía que se considerará para las facturas se
calculará a partir del resultado de los mercados diario
(donde se negocia la energía para el día siguiente) e
intradiario (el del mismo día), al que se incorporará el
coste de los servicios de ajuste. A este importe habrá que
añadir una serie de recargos: el margen de comercialización,
que fija el Gobierno; los pagos por capacidad de generación
y las cuantías correspondientes al pago de las
comercializadoras para la financiación de los operadores del
mercado (Omel) y el sistema (Red Eléctrica). El nuevo
sistema de cálculo para la energía, que supone entorno al 40
% del recibo eléctrico, sustituye a las subastas
trimestrales vigentes desde 2009 y entra en vigor a partir
de abril aunque se notará en los recibos de mayo
Las facturaciones seguirán realizándose sobre lecturas
reales de los contadores, de modo que al final de cada
bimestre se recoja en ellas el precio medio del mercado. No
obstante, en el caso de los consumidores con equipos de
telemedida se podrán fijar precios en función de las horas
de consumo.
El nuevo mecanismo, indica, supondrá un ahorro para los
consumidores, que no tendrán que hacer frente al coste de
aseguramiento asociado a las subastas eléctricas. Solo por
este concepto se producirá el posible ahorro del 3%
pronosticado por Industria.
El borrador también recoge las condiciones para las ofertas
que deberán presentar las comercializadoras a los
consumidores con un precio fijo para el conjunto del año.
Esta opción se dirige a los usuarios que prefieran unas
referencias más estables, y las ofertas serán “públicas,
transparentes y comparables”.
Las ofertas deberán presentarse antes del 30 de abril e
informarán tanto de lo que se paga en peajes como del precio
del kilovatio hora, y deberá incluir además los importes
finales antes y después de impuestos. Además, no podrá
incluir ningún otro producto o servicio, energético o no. La
parte de los peajes eléctricos incluida en la oferta podrá
ser objeto de revisión “de acuerdo a la normativa de
corresponda”, advierte el borrador. La parte del coste de
energía solo podrá revisarse al cabo de un año.
Devoluciones
La norma establece además un mecanismo para, en el caso de
que el precio del mercado eléctrico haya sido inferior al
precio fijado por el Gobierno para el primer trimestre,
devolver el importe cobrado de más a los consumidores.
Para ello, se alude a un nuevo término, conocido como CIF,
con el que se recogerá estos posibles importes cobrados de
más. Industria fija de plazo hasta el 15 de mayo para que la
CNMC establezca el valor de esta posible devolución.
|