Desde que vine a éste mundo, y
tuve uso de razón, he sentido la necesidad imperiosa de
aprender, dejándome la vista en leer y leer a grandes y
pequeños autores, porque de todos se aprende algo sin
desechar, por supuesto los consejos de la sabia de mi
abuela. Por todo ello, cuando no se algo me gusta preguntar
y preguntar, para los que saben le den repuesta a mis
preguntas, y de esa forma adquirir los conocimiento de los
que carezco.
Hoy, tal y como les prometí a los ex trabajadores de la
Cámara de Comercio, les voy a seguir dando mi apoyo, hasta
que reciban lo que legalmente les corresponde.
O sea que les paguen los que les deben sin más demora. De
ahí, que me surgen varias preguntas que hacer, para que
aquellos que saben del asunto de lo que voy a preguntar, me
den la información necesaria, para seguir adquiriendo los
conocimientos que me faltan. ¡Me faltan tantos conocimiento,
en mi deseo de aprender, que tengo la completa seguridad que
me iré de éste mundo sin haberlo conseguido!.
Ahí va la primera de las preguntas ¿Cuándo se embarga a una
persona o entidad, se les embargan todo lo que tienen,
bienes muebles e inmuebles?. Si es así, a la Cámara cuando
los ex trabajadores la embargaron, me imagino que se les
embargaría todo lo que poseen en bienes muebles e inmuebles.
¿Cómo es posible que con el CIF a la Cámara de Comercio sólo
se le embarga la sede, y con ese mismo CIF sólo se les
encuentra una cuenta bancaria que está además está deudora?.
¿Si, supuestamente, la Cámara es copropietaria de una nave,
cómo no se le ha embargado la misma, y cómo es posible que,
supuestamente, esa nave se haya vendido, elevando a
escritura pública algo que debe de estar embargado. Se
estará, supuestamente, llegando a un alzamiento de bienes?
¿Cómo es posible, en el supuesto de que la Cámara tenga esa
copropiedad, no haya salido reflejada en el CIF de la
Cámara?.
Uno de esos amigos que uno tiene al que, por cierto, le
tengo ley de la buena, y que sabe de estas cosas de la
legalidad, me ha dicho que el alzamiento de bienes, está
tipificado en el Código Penal, con penas de cárcel. Oiga,
amigo guardia, si él lo dice que sabe de estas cosas, igual
es verdad. A servido que lo registren.
Preguntas y más preguntas que me viene a mi cerebro, y que
traslado a quienes tenga conocimientos de ellas, y me den
repuestas que me ayuden a seguir aprendiendo y ampliando mis
escasos conocimiento.
¿Si, supuestamente, han vendido su parte de la copropiedad,
por qué no les pagan a los ex trabajadores cumpliendo el
acuerdo aceptado en la sede judicial?. Unos trabajadores que
ante las dificultades económicas de la Cámara dieron toda
clase de facilidades, a pesar de lo que a ellos le suponía,
todos con familias, hipotecas y una de ellas viviendo en
casa familiar, porque no tiene dinero ni para dar de comer a
su hija.
Y encima les dan una oferta, rebajándoles el 28 % de lo que
legalmente les corresponde y que paguen el 50% de las
costas. Increíble, pero cierto. Seguiremos preguntando. Hay
mucho que preguntar. El lunes más.
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