La Ciudad, pese a lo que ha venido defendiendo el presidente
de la misma, Juan Vivas, no ha alcanzado el objetivo de la
estabilidad desde la liquidación del ejercicio 2007, según
la información facilitada por el Ministerio de Hacienda al
Tribunal de Cuentas, que así lo explica en el anteproyecto
de informe correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011.
Es por ello, prosigue el informe, que tuvo que liquidar los
ejercicios fiscalizados, los de los años 2010 y 2011, con
una necesidad de financiación superior a los límites fijados
en cada ejercicio para eximir a las Corporaciones Locales de
la obligación de elaborar un plan económico financiero de
reequilibrio, sin bien, según se expresa en el informe, no
existen datos concretos de la necesidad de financiación que
correspondería a cada ejercicio y por lo tanto no se puede
conocer el exceso sobre los límites previstos.
Ante esta situación y según lo establecido en las
previsiones del artículo 22 del Texto Refundido de la Ley
General de Estabilidad Presupuestaria y 19 de su reglamento
en desarrollo, la Ciudad estaba obligada a la elaboración de
un Plan Económico Financiero, que debió haberse elaborado y
aprobado dentro de los tres meses siguientes a la
liquidación del primer presupuesto ejecutado con
incumplimiento, se hace ver en el informe.
En este, tendría que haberse recogido las actividades a
realizar y las medidas a adoptar en relación con la
regulación, ejecución y gestión de los gastos e ingresos que
hubiese garantizado el retorno a una situación de
estabilidad presupuestaria, la cual debe ponerse de
manifiesto en una liquidación presupuestaria con equilibrio
y superávit, no siendo suficiente la aprobación de un
presupuesto inicial con capacidad de financiación.
Es evidente, que pese a todo lo afirmado y declarado por los
miembros del Gobierno ceutí, el apartado de estabilidad ha
dejado mucho que desear, ya que si nos atenemos al dictamen
que hace el Tribunal de Cuentas es entendible que la Ciudad
no arrojó una liquidación con superávit ni las cuentas
quedaron equilibradas.
En este sentido cabe destacar que el objetivo de estabilidad
presupuestaria para la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
dejó de estar especificado de forma individual en la
Acuerdos e Informes del Consejo de Política Fiscal y
Financiera a partir de 2007, a pesar de ser miembros y
participar en sus reuniones y votaciones, desconociéndose
los motivos que fundamentaron tal decisión.
Pese a ello, el informe explica que para los años 2010 y
2011 le fueron aplicables las previsiones del Consejo de
Ministros.
Consejo de Ministros
El objetivo de Estabilidad para la entidades locales, como
se aplicó en Ceuta, fijado por el Consejo de Ministros fue
de equilibrio para los mencionados años.
También hay que tener en consideración en este apartado que
en virtud de lo establecido en el artículo 16.2 del Real
Decreto 1463/2007, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, en su
aplicación a las entidades locales, es la Intervención
local, elevándolo a Pleno, la que debe realizar un informe
sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria.
Pese a los establecido, los únicos informes emitidos por la
Intervención fueron los referidos a la evaluación de los
Presupuestos iniciales de 2010 y 2011, en los que puso de
manifiesto que los mismos se encontraban dentro de los
límites aplicables a la Ciudad, mientras que en ninguno de
los informes realizados sobre la liquidación de los
Presupuestos se incluyó un apartado dedicado a la
estabilidad presupuestaria, en cumplimiento de la
legislación referida, ni se ha tenido, dice el informe,
constancia de ninguna comunicación al Pleno sobre este
apartado.
Primer informe
En este sentido hay que destacar que el primer informe
realizado para el cumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria del presupuesto se ha referido al ejercicio
del 2012, haciéndose al amparo de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria de 2/2012, la que clarificó el
régimen aplicable a Ceuta en materia de estabilidad
presupuestaria. Esta Ley proclamó que la Ciudad se rigiese
por lo establecido a la corporaciones locales.
|