El caso de Yolanda Bel ha abierto el debate en Ceuta sobre
si deben los políticos dimitir cuando son imputados. El
Partido Popular parece tenerlo claro según sus Estatutos y
su Código de Buenas Prácticas. Y digo ‘parece’ porque ‘una
cosa es predicar y otra dar trigo’.
Lo cierto es que no hay un consenso generalizado en esta
cuestión. Siempre que aparece un caso de corrupción, de
tráfico de influencias, de prevaricación en la esfera
pública, con cargos electos y representantes de los
ciudadanos en general afectados, surge la pregunta: ¿deben
dimitir los imputados? ¿les ampara la presunción de
inocencia para poder seguir ostentando el cargo?
Efectivamente, la ley ampara a los políticos -y a cualquier
otro ciudadano- a ser considerados inocentes hasta que se
demuestre lo contrario. Pero ¿hay que esperar, pues, a una
sentencia judicial? Para reflexionar sobre la respuesta a la
pregunta, me gustaría poner primero unos ejemplos.
Imaginemos que hay sospechas fundamentadas de que se han
vertido sustancias tóxicas en los acuíferos adyacentes a una
ciudad. Opción 1: cortar el agua a cientos de miles de
personas (y empresas) para evitar la posibilidad de que
mueran muchos de ellos por intoxicación. Opción 2: no cortar
el agua para evitar los inconvenientes personales y
económicos de dejar sin suministro a ciudadanos y empresas.
Seguramente no querremos asumir el riesgo de que haya
muertos frente a la posibilidad de daños económicos. Los
daños económicos, aunque lamentables, quedan supeditados a
la vida de las personas.
Otro ejemplo, imaginemos que hay sospechas fundamentadas de
que el monitor de la piscina municipal ha abusado
reiteradamente de menores. Opción 1: apartarlo del cargo,
alejándolo de toda actividad en la que participen menores
para evitar que, si es cierta la sospecha, se reproduzcan
más hechos. Opción 2: conservar a la persona en su lugar
hasta que se aclaren las dudas para no perjudicar su carrera
profesional. Personalmente no querría asumir el riesgo de
que mis hijos pudiesen ser objeto de abusos. Ante un daño
profesional y unos abusos a menores, tengo claro mi escala
de preferencias.
Un último ejemplo. Un carnicero es sospechoso de haber
defraudado a Hacienda los impuestos de los últimos dos años.
¿Hace falta cerrarle la carnicería? Ese mismo carnicero es
sospechoso de haber utilizado carne en malas condiciones,
adulterada químicamente y potencialmente muy perjudicial
para la salud pública. ¿Habría que cerrarle la carnicería?
Efectivamente, la diferencia entre el primer caso y el
segundo es el riesgo de daños a terceros.
El caso de los cargos políticos, por su naturaleza, no son
trabajos normales y corrientes. Entre otros motivos, porque
controlan grandes cantidades de poder, controlan grandes
cantidades de dinero, y operan en una gran asimetría de
información. Por estos tres motivos, la confianza no es un
factor más, sino uno de los factores más relevantes.
Confianza porque una pequeña desviación en los objetivos
será difícil de detectar hasta que el daño no sea, con mucha
probabilidad, muy grande e irreparable (por el poder y
fondos que se manejan).
Igual que a cualquier monitor se le pide confianza además de
una cierta titulación, de la misma forma la confianza es, en
política, algo que va en el currículum. Como un título más.
Y la carencia de confianza -por actuaciones poco honrosas,
por antecedentes penales, etc. - es motivo suficiente para
inhabilitar al político, como lo son determinados
certificados para poder instalar una caldera con gas
natural, por ejemplo.
En el caso del carnicero, también debemos confiar en él para
creer que la carne que vende es de calidad y, sobre todo,
sana. No obstante, que defraude o no a Hacienda, por
execrable que nos pueda parecer, no afectará nuestra
confianza en la relación que tenemos con él, que no es otra
que la compraventa de carne. Mientras confiemos que la carne
es sana, sus supuestos delitos (fiscales) solamente serán la
comidilla del barrio. En cuanto sus supuestas malas
prácticas afecten a la carne que vamos a comer, afectarán
nuestra confianza y dejaremos de comprarle la carne. ¿Es
justo? A lo mejor. ¿Es justo jugarnos la salud por ser
justos con el carnicero? Seguramente no. La confianza no es,
pues, un factor más, sino un factor crucial.
Trasladémonos al caso de Yolanda Bel o de cualquier alcalde,
concejal, diputado, ministro o presidente que son imputados
por algún delito relacionado con su actividad política.
¿Cabe preguntarse si no procede una inhabilitación
provisonal, de la misma forma que existe la prisión
provisional para otros delitos? Es decir, más allá de si
deben ir o no a la cárcel de forma provisional, la pregunta
es si la confianza necesaria no se ha visto afectada y
merecen una inhabilitación de forma preventiva.
¿Dejamos al cargo electo en plenas funciones hasta que la
justicia demuestre su culpabilidad, o lo inhabilitamos para
evitar que hipotéticamente pueda volver a delinquir, con el
gran impacto que ello puede tener dado el poder y recursos
de que dispone?
¿Dejamos al cargo electo en plenas funciones hasta que la
justicia demuestre su culpabilidad, o lo inhabilitamos para
evitar que hipotéticamente pueda hacer desaparecer pruebas
que, dada la asimetría de información, solamente él conoce?
¿Dejamos al cargo electo en plenas funciones hasta que la
justicia demuestre su culpabilidad, o lo inhabilitamos para
evitar que hipotéticamente pueda manejar los hilos del poder
y afectar las declaraciones y decisiones de terceros
relacionados con su caso (testigos, víctimas, jueces y
fiscales)?
En definitiva, ¿cuál es el hipotético daño de mantenerlo en
el cargo respecto al hipotético daño de apartarlo de él?
¿Cuánto y qué queremos arriesgar?
Sí, pero, ¿y la carrera política de una persona? ¿La
destrozamos sin más? En primer lugar no son solamente
riesgos, sino daños potenciales. Yo siempre me inclinaré por
creer que los daños potenciales a la población en caso de
corrupción política son mayores que los daños personales al
político inocente, aunque esta es, por supuesto, una
valoración estrictamente personal.
Además una cosa es la carrera política y otra es la carrera
personal. Son muchos los que creen que no debería haber tal
carrera política: ni a lo ancho (por acumulación de cargos)
ni a lo largo (por mantenerse en la política activa varias
legislaturas… o toda una vida). Una dimisión o un cese -y a
diferencia de una sentencia en unos tribunales- “solamente”
lo inhabilitan a uno para los cargos públicos, quedando toda
la esfera privada a su disposición y en consonancia con las
capacidades de cada uno.
E insisto, la confianza no es, un factor más, sino un factor
crucial. Y hablo de confianza, no de inocencia. Porque lo
que en un juicio se demuestra es la culpabilidad, raramente
la inocencia. Es decir, o se es culpable o no culpable, no
inocente. Es un matiz que tiene mucho sentido en un juicio,
pero que puede perderlo en política: uno puede ser no
culpable por no poderse demostrar la culpabilidad, o porque
las causas han prescrito… o simplemente porque no es delito
algo que sí es éticamente reprobable, especialmente para un
cargo público. Afirmar, por ejemplo, que uno “está en
política para forrarse” no es ilegal, pero es motivo de cese
para siempre jamás.
¿Deben los políticos dimitir cuando son imputados? En mi
opinión, procede el cálculo de riesgos. Y yo, personalmente,
preferiría no arriesgarme mucho.
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