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OPINIÓN - MIÉRCOLES, 5 DE DICIEMBRE DE 2013

 
OPINIÓN / COLABORACION

La hípica de Ceuta, una gestión sin futuro

Por Carlos Folch Valero


Como ya comente en mi articulo de la semana pasada, la gestión actual de la hípica de Ceuta es un proyecto sin futuro. Donde el modelo de adjudicación de una subvención directa y sin concurso, como es el caso de la hípica de Ceuta, esta agotado, esta opinión no es solo mía, pues el Tribunal de Cuentas en su ultimo informe sobre la gestión del dinero publico me da la razón en mis argumentos expuestos en los últimos meses, sobre al adjudicación de la subvención a la hípica de Ceuta directamente y sin concurso.

El Tribunal de Cuentas en su informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en los ejercicios 2008 y 2009, expone una censura y el escaso control y claridad con la gestión de las subvenciones, especificando claramente el limitar la concesión directa a través de convenios, de subvenciones y ayudas publicas. Exige que hay que establecer un correcto sistema de gestión de las lineas de subvención y de control financiero por la intervención general de la ciudad, de forma que facilite el análisis y consecuentemente el control sobre la naturaleza de las ayudas concedidas y los criterios considerados para la concesión. Limitar la concesión directa, a través de convenios de colaboración, de subvenciones y ayudas publicas a los supuestos excepcionalmente admitidos en la norma reguladora de las subvenciones publicas, y en cualquier caso, definir con mayor presión el objeto y gasto subvencionable establecido en los convenios reguladores de las ayudas.

El buen gobierno y la transparencia en el deporte es materia primordial en el ámbito de la gestión, Debe haber unas normas legales que no resulten muy extensas, pero sí muy claras para evitar interpretaciones dispares. Del mismo modo, han de darse instrucciones de contratación objetivas y limitación de mandatos para los dirigentes.

Se habla con frecuencia, porque es un argumento muy manido, de los intereses económicos que rodean al deporte. Según estas teorías, nos encontraríamos con negocios poco limpios que fomentan las malas prácticas y manipulación del deportivos dentro de este ámbito.

A día de hoy, nadie puede negar que el deporte, a través de toda la historia de la humanidad, ha supuesto un activo cultural de primer orden, y también un elemento lúcido y de esparcimiento necesario para el desarrollo y el confort de las sociedades.

Por ello, desde las administraciones públicas deben luchar para erradicar del mundo del deporte en general, esos hábitos nocivos para la convivencia como son el incumplimiento de la legalidad vigente.

Aunque estos desajustes sirvan para que unos pocos se enriquezcan, hay que decir que de manera ilícita e inmoral, no podemos negar que, en resumidas cuentas, no hacen más que desprestigiar el mundo del deporte.

No hay que olvidar que la pasada semana fue aprobada la LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO, esta Ley solo viene a refrendar mis argumentos y opiniones sobre la penosa actuación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en cuanto a la gestión de la hípica de Ceuta, renovando la subvención directamente y sin concurso publico.

En este sentido me gustaría señalar algunos argumentos de la Ley:

¿a quien se aplica?. A todas las administraciones y organismos, entidades, asociaciones y fundaciones del sector publico, así como a las sociedades mercantiles participativas por eses entidades en un 50%. quedan afectadas ademas los partidos políticos, las organizaciones sindicales y empresariales y las entidades privadas que perciban durante un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros, o cuando al menos el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención publica, siempre que alcancen como mínimo 5.000 euros.

¿a que obliga?. Por su parte loas partidos, los sindicatos, la patronal y las entidades privadas deberán públicas los contratos y convenios que firman con la administraciones públicas y las subvenciones y ayudas que reciban. Las administraciones públicas publicaran igualmente la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho.

¡quien puede pedir información pública adicional y cómo?. Todos los ciudadanos pueden hacerlo dirigiendo una solicitud al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información, sin necesidad de motivarla.

¿es obligatorio contestar?. La resolución en la que se concede o designe la información se notificara en el plazo máximo de un mes ampliable a otro mes, pero si transcurre este plazo sin que se haya dictado se entenderá que la solicitud ha sido desestimada. No obstante, el incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo tendrá la consideración de infracción grave.

¿que es el buen gobierno?. Son siete principios generales y nueve principios de actuación por los que deben regirse la actividad de los altos cargos, incluidos los miembros del Gobierno.

¿que ocurre si un alto cargo incumple estos principios?. La ley establece cerca de cuarenta infraccio0nes, la mayoría muy graves, en materia de gestión económico-presupuestaria y disciplinarias, con sus correspondientes sanciones, entre ellas la no percepción de la pensión indemnizatoria en el caso de las graves y la destitución e Inhabilitación de hasta diez años , en el caso de las muy graves.

Señores políticos de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el circulo se esta cerrando, y tarde mas o menos la ley y las leyes pondrán a cada cual en su sitio, la renovación de la subvención directa y sin concurso para la hípica de Ceuta, es algo ya insostenible para esta administración, rectifiquen como ya han rectificado en varios temas más graves, y convoquen un concurso publico por subasta para la gestión de la hípica de Ceuta. no se dan cuenta que nadie les da la razón en este oscuro tema de la hípica de Ceuta.
 

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