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sociedad - DOMINGO, 27 DE OCTUBRE DE 2013

 

salud

España se adhiere a una Directiva sobre
asistencia sanitaria transfronteriza

CEUTA
El Pueblo

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@elpueblodeceuta.com

El pasado viernes entró en funcionamiento la Directiva 2011/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, según informa una nota del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Se trata de la norma comunitaria del ámbito sanitario de mayor impacto de los últimos años, pues supondrá una “importante adaptación organizativa de todos los Estados Miembros”.

En virtud de esta directiva, los pacientes de los países de la UE podrán acudir a un país distinto al suyo para recibir asistencia sanitaria, adelantando el pago de los servicios que reciban y solicitando después el reembolso a su país, bajo unas determinadas condiciones y, en el caso de algunos tratamientos, con “autorización previa”. El “espíritu” de esta directiva responde a la libre circulación de personas, bienes y servicios de la UE.

España “ha hecho importantes avances durante los últimos dos años en consonancia con esta Directiva, con elemnos como la e-Salud y la actualización de la cartera de servicios”. Así, en las próximas semanas, completará la trasposición con la publicación del Real Decreto por el que establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza. Este RD se encuentra ya en la fase final de su tramitación y, tras el dictamen del Consejo de Estado, será aprobado en Consejo de Ministros.

Para este proyecto legislativo se han establecido grupos de trabajo y se han realizado consultas con los departamentos de la Administración del Estado, las comunidades autónomas, las empresas del sector, las organizaciones de profesionales y otros actores implicados.

Además, se han recogido las observaciones realizadas durante el trámite de audiencia para lograr “un mayor consenso de la norma”. “Nuestro país, sin embargo, ya tiene muchas medidas implementadas que responden a los distintos aspectos de la asistencia sanitaria transfronteriza”. Por ejemplo, entre los elementos “clave” de la directiva que ya están regulados en la normativa española están la Cartera de Servicios; Servicios y Unidades de Referencia (CSUR) o contabilización de los profesionales.
 

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