El pasado mes de Julio, continuando con la estrategia
acordada por la Plataforma Sindical, en la que la FEP-USO
participa activamente, quedaron presentadas las Demandas
Contencioso Administrativas en todo el ámbito de la
Administración General del Estado, tanto en los supuestos en
los que se había dado una denegación expresa, como en los
que se había producido denegación presunta por silencio
administrativo. Con estos Recursos Contencioso
Administrativo, junto con los Recursos y Demandas que se han
ido presentado en el ámbito de la Administración Autonómica
y Local en los últimos meses, así como en diferentes
Empresas Publicas, han quedado formalizadas las acciones
judiciales en reclamación de la devolución de la Paga Extra
de Navidad 2012 en casi la practica totalidad de las
Administraciones Publicas.
Son ya muchas las Sentencias, tanto en el ámbito Laboral,
como en el Contencioso Administrativo, que nos han dado la
razón respecto del derecho a percibir los días trabajados
con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 20/2012 de 13
de Julio, en su versión de 14 y de 44 días.
El asunto ha llegado a ser elevado por la Audiencia
Nacional, en forma de Cuestión de Constitucionalidad, al
Tribunal Constitucional, habiendo sido admitida a tramite.
CETARSA, CONVENIO ÚNICO AGE, PATRIMONIO, entre otros, son
ejemplo de ello.
Ahora se hace necesario una rápida respuesta a esta
cuestión. Los antecedentes, las Resoluciones Judiciales
recaídas hasta la fecha, y la propia Jurisprudencia del
Tribunal Supremo, no dejan margen de duda de cual debería de
ser el sentido de la misma... En cualquier caso no podemos
continuar en la incertidumbre...
Demorar mas las justas pretensiones de casi tres millones de
Empleados Públicos -ciudadanos al fin y al cabo- a los que
indebidamente les han sido sustraídas parte de sus
retribuciones no seria entendido, ni por los propios
interesados, al borde de la desesperación, ni por la
ciudadana en general, que cada vez cree menos en una
administración de justicia a la que acusa de estar
excesivamente influida por el poder político... y sobre todo
muy lenta...
Principios como el de independencia, rapidez, celeridad e
inmediatez… en la adopción de las Resoluciones Judiciales se
anteponen al de las posibles conveniencias políticas y/o
económicas… en plazos y contenidos… La crisis económica no
puede servir de argumento para “el todo vale” con el que nos
está haciendo comulgar el Gobierno... Y aunque las
comparaciones son odiosas, no nos parece de recibo que el
Tribunal Constitucional Portugués nos este “dando un
repaso”, por lo menos en esta materia, tanto respecto de la
independencia de sus resoluciones, como respecto de la
rapidez en su adopción.
Es por ello que con todo el respeto que nos merece nuestro
mas alto Tribunal, desde la FEDERACIóN DE EMPLEADOS PúBLICOS
DE LA USO, le pedimos una SENTENCIA SOBRE ESTA CUESTIÓN...
YA...
*Secretario de Acción Sindical de la FEP-USO
|