La Reforma Laboral, Ley 3/2012 de 6 de julio, eliminó
la ultraactividad sine die de los convenios colectivos e
incorporó especificidades de derecho transitorio según las
cuales el 8/7/2013 los convenios denunciados previamente a
la entrada en vigor de la ley, si no se hubiera acordado un
nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, salvo pacto en
contrario, perderían su vigencia y se les aplicará un
convenio de ámbito superior si lo hubiera.
Desde la entrada en vigor de esta norma, una duda recurrente
que se plantea es la validez o no de las cláusulas de
ultraactividad negociadas previamente a la Ley 3/2012 de 6
de julio. Esta situación genera un problema porque estas
cláusulas fueron acordadas con una legislación anterior a la
vigente, por lo que para unos juristas son válidas, siempre
y cuando no sean un “corta y pega” del Estatuto de los
Trabajadores vigente en ese momento y para otros no,
viéndose afectados estos convenios por el año de
ultraactividad.
Según un comunicado de USO, la Audiencia Nacional a través
de la sentencia emitida el 23 de julio de 2013, ha
establecido un importante precedente al considerar que son
válidas estas cláusulas en los términos que más adelante
comentaremos.
La sentencia es el resultado de una demanda de conflicto
colectivo presentada por el SEPLA contra AIR NOSTRUM S.A, el
III Convenio Colectivo de AIR NOSTRUM, L.A.M S.A perdió su
vigencia en 2006, fue prorrogado hasta 2010 y denunciado en
septiembre de ese año, por lo que, ante la falta de acuerdo
a 8 de julio de 2013, se ve afectado por la limitación de la
ultraactividad.
La parte sindical considera que la cláusula de
ultraactividad recogida en el convenio de 2010: “Sin
perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior,
denunciado el convenio, y finalizado el periodo de vigencia
restante o el de cualquiera de sus prórrogas, permanecerán
vigentes las cláusulas normativas del convenio hasta tanto
no se produzca la entrada en vigor del convenio que haya de
sustituir al presente” . Es válida por lo que se debe
mantener el contenido normativo del convenio hasta la
entrada en vigor de uno nuevo.
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