El sindicato USO, que representa a un exempleado de la
empresa editora de El Faro de Ceuta, ‘Joaquín Ferrer y Cía
S.L.’, lamenta que, desde que se presentó una demanda por
despido improcedente hasta que se celebró el juicio, que
tuvo lugar el pasado jueves, “han transcurrido demasiados
meses”. “Una cantidad de tiempo que en un momento
determinado pueden desvirtuar el asunto”, señalan desde la
organización sindical. El abogado del demandante defendió
que se le trató de forma “vejatoria”.
El sindicato USO, que representa a un exempleado de la
empresa editora de El Faro de Ceuta, ‘Joaquín Ferrer y Cía
S.L.’, lamenta que, desde que se presentó una demanda por
despido improcedente hasta que se celebró el juicio, que
tuvo lugar el pasado jueves, “han transcurrido demasiados
meses”.
“Una cantidad de tiempo que en un momento determinado pueden
desvirtuar el asunto”, señalan. “El juzgado de lo Social ha
tardado mucho en decidir si era competente o no para actuar
en esta cuestión”, continúan. “Ha transcurrido alrededor de
un año, es una barbaridad de tiempo, lo que hace que la
memoria no esté tan fresca”, comentan desde el sindicato.
El abogado del demandante planteó durante el juicio que en
principio no se notaba que lo hubieran despedido como
consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
El letrado del extrabajador de ‘El Faro’ argumentó durante
la sesión que su representado había sido objeto de “trato
vejatorio por parte del propietario y que incluso había
sufrido un acoso”, además de recordar que existe un “acta
anterior de la Inspección de Trabajo en la que se dice que
existen asuntos de este tipo”.
Al exempleado, tras incorporarse a su puesto después de una
baja laboral “propiciada por esta situación”, “le obligaron
a coger las vacaciones”. Se le dio la razón y el empleado
pudo coger las vacaciones como quiso, relatan desde el
sindicato. Cuando volvió de su periodo vacacional, se
encontró con que no tenía su puesto anterior y “en el mismo
periódico, pregunta qué es lo que tiene que hacer y le
comentan que tiene que escribir y hacer cosas”, algo que no
correspondía, según el abogado del demandante, con “labores
propias de su categoría”.
En este periodo de tiempo, “se produce el ERE”. “Hay una
cuestión que es el principio de indemnidad”, que desde el
sindicato se considera que se ha “vulnerado”. Un empleado
que ha presentado “tres reclamaciones y una en el Juzgado,
pues es al que se despide”, resaltan desde USO. En este
sentido, el letrado que lleva la causa del demandante afirmó
que el ERE “no se sometía a causas objetivas, ya que no
había razón”.
“En realidad, las pérdidas no han quedado demostradas, al
contrario, el balance negativo podría entenderse de otra
manera, que el diario acababa de celebrar el 75 aniversario
de la creación del periódico -lo que supone un gasto-,
también llegó una deuda con la empresa editorial en la que
está metida la entidad...”. Desde USO explican que la
resolución de este Expediente de Regulación de Empleo “nunca
se puso a disposición de los trabajadores, para que los
empleados pudieran recurrirlo en caso de que fuera
necesario”. El abogado aseguró que la empresa “aprovechó la
circunstancia del ERE para despedir, en determinado momento,
a quien pudiera resultar molesto”, sentencian. “Incluso se
redujo el número de despidos incluidos en el expediente”,
explican desde la organización sindical.
Tardanza en la sentencia
Por último, el sindicato recuerda que, en el caso de ganar
este juicio, al haber transcurrido tanto tiempo, “la
sentencia incluso podría no llegar a ejecutarse”. “Para que
la Justicia sea efectiva tiene que ser rápida, y esto no
puede suceder; se entiende que haya sobrecarga en el
Juzgado, pero para decidir si se es competente para juzgar
un asunto...”, lamentan. “No sabemos si el juez tomará como
modelo las anteriores sentencias -que salieron negativas
para otros extrabajadores- o se planteará lo que ha
presentado USO”.
Por su parte, la empresa editora se defendió de la demanda
alegando que el ERE está bien hecho, además de señalar la
incompetencia de jurisdicción del Juzgado de lo Social -que
al final se decidió que sí era competente-.
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