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sociedad - JUEVES, 20 DE JUNIO DE 2013

 

comisiones obreras

La AGE reconoce la indemnización por residencia por IT

CEUTA
José Manuel Rincón

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de Ceuta de CCOO ha informado que finalmente las gestiones que han venido realizando han obtenido sus frutos y la Dirección General de Función Pública ha comunicado que “la indemnización por residencia en el territorio nacional al no terner ésta, en puridad, el carácter de retribución ni básica ni complementaria, sino tratarse de una cantidad de carácter compensatorio que pretende resarcir los gastos que conlleva residir en una determinada área del territorio nacional, dicha indemnización por residencia no debe verse modificada, ni interrumpida en el supuesto de que el citado personal se encuentre en IT, siempre y cuando no se vea alterado su lugar de residencia”.

A este respecto, desde CCOO se recordado que hace tiempo que vienen denunciado que “por decisión unilateral de algunos departamentos y organismos que, en la situación de IT, al racticar el descuento de retribuciones impuesto por la normativa actualmente vigente, se incluía también la parte correspondiente a la indemnización por residencia”.

Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Ceuta de CCOO se ha mantenido durante todo este periodo que esta interpretación “no era la correcta”, al considerar que la citada indemnización no tiene el carácter de retribución básica o complementaria y se percibe como consecuencia de estar destinado, en situación de servicio activo, en determinadas zonas del territorio del Estado, circunstancia que no se ve interrumpida como consecuencia de la situación de IT y por tanto no debe practicarse descuento alguno durante la misma.

Finalmente, este criterio fue el que también tuvo en consideración la Dirección General de Función Pública, con el fin de que, por su parte, se remitiesen a los diferentes Departamentos y Organismos, instrucciones para que se resolviese el problema y se procediese al abono de la indemnización por residencia sin descuento alguno como consecuencia de la situación IT.
 

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