El Juzgado de lo Contencioso Administrativo da la razón a
un farmacéutico que denunció al Ingesa. Se trata de un
recurso a una resolución del gerente del Área Sanitaria, en
la cual daba por finalizado su contrato de promoción interna
temporal. La sentencia dicta fallo favorable al derecho del
trabajador a ser reintegrado en su plaza.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de
Ceuta ha dado la razón a un farmacéutico que interpuso un
recurso contra el Ingesa, según se recoge en el fallo. El
trabajador, del Servicio de Farmacia del Hospital
Universitario de Ceuta, interpuso un recurso
contencioso-administrativo contra la resolución del gerente
del Área Sanitaria, Manuel Cabeza, mediante la cual daba por
finalizado el contrato de promoción interna temporal en
dicho hospital del citado trabajador, declarada el 10 de
octubre de 2009. La sentencia tiene fecha del pasado 23 de
mayo.
El juzgado, en primera instancia, ha estimado el recurso
-interpuesto el 12 de diciembre del año pasado- y en la
sentencia declara nula la resolución del Ingesa y dicta
fallo favorable al derecho del trabajador a ser reintegrado
en su plaza en el Hospital Universitario de Ceuta. Los
motivos alegados por la parte recurrente para fundamentar la
impugnación son que el recurrente fue contratado para cubrir
una plaza de farmacia hospitalaria por promoción interna
temporal por existir una vacante por lo que el cese de dicha
situación sólo podía producirse cuando se procediera a
cubrir la plaza por su titular, o se amortizara la plaza.
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
señala que no se puede cesar libremente al personal que se
encuentra en promoción interna temporal, a no ser que
desaparezcan las causas que motivaron la ocupación de la
plaza.
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