UGT inició hace unos meses unos procesos judiciales
contra los nombramientos que la Ciudad Autónoma realizó
tanto de directores como subdirectores generales. Si en
noviembre la sentencia contra el nombramiento de José
Diestro les fue favorable, y en enero también con el
nombramiento de Adelaida Álvarez, ayer ocurrió lo mismo
contra los nombramientos de Carolina Pérez como subdirectora
general de Medio Ambiente y de Manuel Coronado como
subdirector general de Juventud, Deportes y Menores.
Básicamente, entre los fundamentos jurídicos tomados en
cuenta para declarar nulo el citado nombramiento es que
ninguno “ostenta la condición de funcionario de carrera”.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 emitió ayer
el fallo de la sentencia del recurso presentado por la
Federación de Servicios Públicos de la UGT contra el acuerdo
alcanzado por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Ceuta por el que se formalizó el nombramiento de la
subdirectora general de Medio Ambiente y del subdirector
general de Juventud, Deportes y Menores, Carolina Pérez y
Manuel Coronado, respectivamente.
Básicamente, entre los fundamentos jurídicos tomados en
cuenta para declarar nulo el citado nombramiento es que ni
Pérez ni Coronado “ostenta la condición de funcionario de
carrera”, por lo que sigue el criterio adoptado el 15 de
noviembre de 2012, también en el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo, en el que también se declaró nulo el
nombramiento de director general a José Diestro, o el
adoptado a finales de enero en el que también se declaraba
nulo el nombramiento de la subdirectora general de Empleo,
Adelaida Álvarez.
A este respecto, el juez se ha apoyado principalmente en el
artículo 18 y 19, del título 2, capítulo 1 y sección III de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado, para
emitir su fallo, ya que la cual deja claro que perfil y que
funciones debe cumplir tanto el director general como el
subdirector general. A este respecto, para los nombramiento
de director y subdirector general, “habrán de efectuarse de
acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 10 del
artículo 6 entre funcionarios de carrera del Estado, de las
Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, a los que
se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado,
Ingeniero, Arquitecto o equivalente, salvo que el Real
Decreto de estructura del Departamento permita que, en
atención a las características específicas de las funciones
de la Dirección General, su titular no reúna dicha condición
de funcionario”.
Así pues, el fallo de la sentencia es el siguiente: “que
estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto
por la Federación de Servicios Públicos de la Unión General
de Trabajadores de Ceuta, contra el acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta por el que se
formaliza el nombramiento de la subdirectora general de
Empleo se anula dicho nombramiento por no ser conforme a
derecho; imponiendo a la parte demandada las costas
procesales causadas”.
Finalmente, contra esta sentencia la Ciudad tiene un total
de quince días desde ayer, que se produjo la notificación,
para interponer, si lo considera oportuno, un recurso de
apelación.
A este respecto, hay que recordar que actualmente la Ciudad
tiene recurrida la sentencia contra el nombramiento de
Adelaida Álvarez, por lo que parece lógico que hará lo mismo
y recurrirá estas dos nuevas sentencias en contra.
Lo que si es cierto que una vez la central sindical ha
vuelto a recibir una sentencia favorable contra estos
nombramientos, vuelve a salir a la palestra el nombre del
único subdirector general que queda actualmente sin
sentencia, Salvador Jaramillo, aunque todo hace presagiar
que volverá a ganarla UGT.
|
UGT resalta que “dos jueces distintos han dictado el mismo
fallo”
Desde la central sindical también
se ha resaltado que la legislación es muy clara en el ámbito
de los nombramientos tanto de los subdirectores generales
como de los directores generales, basándose que el juez que
ha dictado sentencia en los casos de Manuel Coronado y
Carolina Pérez ha sido distinto al que en su día dictó
sentencia contra el nombramiento de Adelaida Álvarez pero
sin embargo la sentencia y los motivos del fallo han sido
exactamente los mismos, de ahí que desde UGT no se entienda
el “empecinamiento” de la Ciudad en mantener estos
nombramientos y recurrir las sentencias producidas en vez de
“reconocer su error y eliminar de inmediato estos
nombramientos”. Tras estas sentencias favorables, UGT tan
sólo está a la espera de la sentencia contra el nombramiento
del subdirector general de Festejos, Salvador Jaramillo.
|