La Dirección General de Tráfico (DGT), con María Seguí al
frente, ya tiene listo el borrador del nuevo Reglamento de
Circulación, que según afirma la directora entrará en vigor
de forma “inminentísima”, aunque en todo caso deberá esperar
a que sea modificada la Ley de Seguridad Vial. Pero, ¿cómo
afectarán los futuros cambios a los conductores españoles?
La reforma se fundamenta en casi una decena de puntos, pero
en especial tres de ellos son los que más revuelo han
levantado: los límites de velocidad, el uso del cinturón de
seguridad y la nueva normativa dirigida al tráfico de
bicicletas. En cualquier caso, Seguí se escuda en que los
cambios realizados parten de un consenso con el anterior
director, el socialista Pere Navarro, y de las
“aportaciones” de todos los colectivos mediante “reuniones
previas” celebradas por la DGT.
Las principales modificaciones que establece el borrador del
anteproyecto del nuevo Reglamento General de Circulación,
que relevará al Código vigente, constan de los siguientes
apartados:
- Velocidad: se mantiene el límite de 120 km/h en autovía y
autopista, pero se contempla la posibilidad de subir ese
máximo hasta 130 km/h sólo en ciertos tramos donde la
seguridad esté garantizada, con “óptimas condiciones
meteorológicas”, y siempre de forma “excepcional, muy
restringida y con carácter temporal”. Asimismo, se propone
reducir la velocidad máxima en ciudad hasta en 20 km/h, allí
donde las calles sean más estrechas. El límite de 90 km/h en
carretera convencional será generalizado.
- Cinturón de seguridad: mientras que hasta ahora el uso
obligatoria de este dispositivo admitía excepciones para
colectivos como profesionales del volante o personas con
determinada dolencia que acreditaran un certificado médico,
el nuevo Reglamento suprime todos esos supuestos. Todos los
conductores, sin excepción, deberán llevar el cinturón de
seguridad puesto en todos los casos, salvo cuando se
dispongan a realizar maniobras de estacionamiento.
- Bicicletas: uno de los puntos más importantes en la futura
nueva norma es el relativo a los ciclistas. La medida más
polémica es la obligación del uso del casco también en
ciudad, lo cual ha levantado las críticas de los colectivos
ciclistas y de la oposición, que ven en esa norma un modo de
desincentivar la circulación en bicicleta. Seguí no tiene
“ninguna duda respecto del efecto beneficioso” de la
obligatoriedad del casco para los ciclistas, pero ya ha
advertido de que lo propondrá a debate en el Congreso de los
Diputados antes de incluir esta medida en el la versión
final del Reglamento.
Pero hay más: prioridad de paso a los biciclos sobre los
vehículos de motor, mejorar la visibilidad desde el
alumbrado y el uso de prendas reflectantes, mayor sanción a
los conductores de automóviles que no respeten la distancia
de seguridad (1,5 metros) con el ciclista...
- Autocaravanas: el estacionamiento de estos vehículos de
recreo deja de estar regulado por los municipios. El nuevo
Reglamento establece una normativa al respecto similar a la
de otros países europeos, mediante la cual sólo se limita el
aparcamiento sólo por razón de “masas y dimensiones que
afecten a todos los vehículos”. Por otro lado, queda
prohibido el estacionamiento de estos vehículos con fines
comerciales.
- Peatones: el peatón deja de tener condición de vehículo
sobre la vía pública. Éste ya no estará obligado a circular
por la acera de la derecha en el sentido de la marcha ni a
ceder el paso, si se quebranta esta norma, a quienes lo
hagan de conformidad con ella. Además, seguirán teniendo
prioridad de paso en aquellas zonas “especialmente
acondicionadas para el tránsito y estancia peatonal”, donde
los vehículos deberán viajar a un máximo de 20 km/h.
- Niños: todos los menores de edad con una estatura de 1,35
metros o menos deberán viajar en los asientos traseros
obligatoriamente. Los niños de menos de cuatro años deberán
viajar en sillas con sistemas de retención especiales
(‘grupo 0’ para bebés hasta 10 kilos; ‘0+’ hasta 13 kilos; y
‘1’ para aquéllos de entre 9 y 18 kilos) siempre, cuando
éstos lo permitan, en sentido contrario a la marcha, que
reduce el riesgo en un 75%.
- Detectores de radar: se prohíbe expresamente el uso de
cualquier tipo de dispositivos destinados a avisar al
conductor de la presencia de radares en la vía y a eludir la
vigilancia de los agentes de tráfico. Hasta ahora, sólo
estaban prohibidos los inhibidores, que privaban de su
funcionamiento a estos sistemas.
- Drogas: se establece la saliva como “muestra biológica de
detección” de drogas válida al conductor, quien podrá pedir
una segunda prueba con análisis de sangre, el cual deberá
abonar si resulta positivo.
- Zonas de espera adelantada: el anteproyecto contempla que
los vehículos de dos ruedas, motorizados o no, puedan
“adelantar hasta situarse en la línea de detención,
circulando con precaución entre el resto de los vehículos”
y, cuando existan marcas de zona adelantada, “podrán
aproximarse a ellas en las mismas condiciones”.
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