La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) incoa
expediente sancionador contra la Asociación de Empresarios
Feriantes de Andalucía, Ceuta y Melilla por posibles
prácticas restrictivas de la competencia. La incoación de
este expediente no prejuzga el resultado final de la
investigación y a partir de ahora se abrirá un periodo
máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para
su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia.
La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la
Competencia (CNC) envió ayer un comunicado de prensa a
través del cual informaba a los medios que se ha incoado un
expediente sancionador contra la Asociación de Empresarios
Feriantes de Andalucía, Ceuta y Melilla por una posible
conducta anticompetitiva en relación con la autorización de
atracciones y la adjudicación de parcelas a los feriantes.
Tal y como se informa a través del comunicado de prensa, las
conductas analizadas por la Comisión Nacional de la
Competencia tienen su origen en dos denuncias relacionadas
con una posible infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio,
de Defensa de la Competencia (LDC), tras las cuales la
Dirección de Investigación inició una información reservada.
A este respecto y en el marco de la información reservada,
la Dirección de Investigación ha informado que ha tenido
acceso a determinados documentos de los que puede deducirse
“la existencia de indicios racionales de la comisión, por
parte de la Asociación de Empresarios Feriantes de
Andalucía, Ceuta y Melilla de una infracción del artículo 1
de la Ley de Defensa de la Competencia, consistente en la
adopción de acuerdos relativos a la autorización de
actividades y a la adjudicación de parcelas que podrían ser
discriminatorios al estar basados en criterios tales como la
antigüedad y la no repetición de atracciones, limitando la
actividad de feriantes ya existentes o de potenciales
competidores”.
Finalmente se ha advertido que la incoación de este
expediente no prejuzga el resultado final de la
investigación. Además de destacarse que ahora se abrirá un
periodo máximo de 18 meses para la instrucción del
expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de
la Competencia.
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