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economía - LUNES, 6 DE MAYO DE 2013


CALLE COMERCIAL CEUTÍ EN FESTIVO. E.P.

MEDIDAS
 

El convenio de comercio sienta las bases para abrir en festivo

El documento, firmado a principios de este
año, recoge una subida salarial del 1% para cada ejercicio en lugar del IPC
 

CEUTA
Virginia Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El convenio de comercio que se firmó a principios de año sienta las bases para que los empresarios puedan abrir los domingos y festivos. Así, se recoge en el artículo 9 de este texto que los empleados que trabajen en estos días reciban 47,99 euros extra como compensación y un día de asuntos propios por cada doce tardes de sábado trabajadas.

El pasado mes de enero sindicatos y patronal llegaron a un acuerdo para firmar el Convenio de Comercio que estará vigente hasta 2014, pero que también regula la subida salarial que se debía haber producido en 2012 y que ahora se ha llevado a cabo con carácter retroactivo. El texto ha sido editado ahora para poner lo a disposición de los trabajadores por la Federación de Comercio, Hostelería, Turismo y Juegos de UGT, que ha puesto en circulación 500 ejemplares. En el convenio se incluye el artículo en el que se regula la apertura de festivos y así lo subraya el secretario de Administración de esta federación, Jesús Gordillo.

“En el intento de mejorar la competitividad del sector comercial, con la consiguiente fidelización de los clientes, evitando la evasión de compras de los mismos, las partes firmantes acuerdan que los trabajadores contratados con posterioridad al 1 de enero de 2004 distribuirán su jornada de lunes a sábados y domingos autorizados, con un descanso de día y medio ininterrumplido. Aquellos trabajadores que presten sus servicios los sábados por la tarde y domingos percibirán las siguientes compensaciones: un plus de jornada del 10%; un día de asuntos propios por cada semestre en el que se trabajen al menos 12 tardes de sábado; y 47,99 euros por cada domingo trabajado, o la parte proporcional que corresponda a la jornada trabajada”, señala el artículo 9. Mientras, los empleados contratados con anterioridad a 2004, sí tienen derecho a no trabajar un sábado por la tarde y de hacerlo cobrarían 43,19 euros por ello.

La crisis no pasa desapercibida en este convenio en el que se plasma, en una disposición transitoria, que debido a la “gravísima situación económica” las partes acuerdan que durante la vigencia del convenio, las tablas salariales se actualizarán automáticamente con una subida del 1%, todo ello de forma retroactiva desde el 1 de enero de cada ejercicio, en lugar de fijar la subida de acuerdo al IPC.
 


Hostelería aplica una rebaja salarial en las bajas

Uno de los artículos más polémicos del convenio de hostelería que se firmó el pasado mes de marzo fue el que aborda la incapacidad laboral transitoria. Después de debatir en varias reuniones sobre el tema, sindicatos y patronal llegaron al acuerdo de que en los supuestos de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, las empresas abonarán (una sola vez al año) el 100% de las retribuciones del primer al tercer día. En el caso que la baja sea de cuatro a noventa días, la empresa paga el 75% del salario, y cuando la baja supera el día noventa y uno, la empresa abona el 100% de las retribuciones hasta los doce meses.

Este convenio, que se debería haber renovado en el año 2011, recoge una subida salarial del 0% para 2011 y del 1,5% para 2012 que se han aplicado con carácter retroactivo tras la firma del texto. Además, también contempla un aumento del 1% para el presente ejercicio y del 0,5% en 2014.

La Federación de Comercio Hostelería, Turismo y Juegos también ha editado 500 ejemplares de este texto que ya está a disposición de los trabajadores del sector. Entre los artículos se incluye el que recoge una bonificación de 194, 29 euros por contraer matrimonio y de 35,99 euros por tener un hijo. Además, el convenio también contempla que los trabajadores reciban en el momento de iniciar su vacaciones la cantidad de 64,35 euros (en 2012) en concepto de ayuda para los gastos de desplazamiento que pueda originar el disfrute de las mismas. Esta cantidad experimentará un incremento equivalente a la subida salarial cada año.
 

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