Si la Ciudad incluyera las certificaciones por amortización
de maquinaria en el capítulo de inversiones, es decir, en el
VI, la carga financiera superaría el 25%, lo que supondría
que la Administración local tuviera que ser intervenida.
El contrato con la anterior concesionaria del servicio de
limpieza, Urbaser, comienza en 1991. En el año 2001 este
contrato sufre una modificación. En la propuesta económica
que hace la empresa Urbaser en 2001 incluye una relación
exacta de todas las máquinas que se recogen en esa
modificación. Es decir, se cuantifica la inversión. Sin
embargo, la Ciudad afirma que la maquinaria no es suya hasta
que abone el montante total en concepto de amortizaciones.
Pero si cada mes se entrega a Urbaser parte del dinero
acordado, sí que corresponde una parte a la Administración
local, aunque la anterior concesionaria fuera la titular de
los vehículos. La Ciudad utiliza el mecanismo de incluirlo
como inversión al final de los pagos y así evita de alguna
manera que aumente la carga financiera. La certificación que
se va pagando, como inversión, es la que se va acumulando y
al final el total pertenece a la Administración. Existen dos
problemas diferentes pero que se enlazan. Por un lado, el
presupuestario -aunque nada tiene que ver con el pago
indebido de 12,5 millones de euros- y por otro, financiero,
ya que la el Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo,
establece, como uno de sus requisitos, que la carga
financiera no sea superior al 25%. En el caso de que se
superara este porcentaje, se necesitaría la autorización del
Ministerio de Hacienda.
El pliego de prescripciones técnicas que rige el contrato
establece una inversión que se abonará a través del precio.
En ese precio, se establecen diferentes componentes, según
ha insistido la Ciudad y su portavoz, Guillermo Martínez, en
reiteradas ocasiones. En ese contrato se establecen precios
unitarios en los que se incluyen los componentes de
personal, de maquinaria y de gastos de explotación. Todos
los componentes son revisables con el IPC menos uno: tanto
el salario del personal como el gasto de explotación -por
ejemplo de carburante-, van subiendo con el índice de la
vida. En la parte de maquinaria, no se puede incrementar el
precio, ya que las amortizaciones no suben, sino que bajan.
Además, en el pliego se recoge la financiación de la
inversión.
La Ley de Bases de Régimen Local dice que las formas de
endeudamiento de las entidades locales pueden ser mediante
préstamos con entidades financieras o préstamo privado. Este
último caso significa que, si con una empresa se pacta una
financiación. Pero la Ciudad hace el cálculo de la carga
financiera sin reflejar estos préstamos privados que se
pactan con los proveedores para la parte de la inversión de
un servicio concreto. Se quiere englobar dentro de la
prestación de servicios para no tener que recoger esa
inversión y que afecte a la carga financiera. En teoría, en
el capítulo VI habría que incluir toda esta inversión, no
sólo la del contrato de la limpieza, sino la de todos los
que llevan una carga financiera de este tipo. Pero para no
reconocer el ‘error’, se argumenta que el titular de los
vehículos es Urbaser aunque la Ciudad está pagando desde el
primer día una parte de los mismos. Si no se refleja cada
pequeña parte, al final la Ciudad no sabe cuál es el total
de vehículos. El hecho de que sea la empresa la que los
utilizaba para el servicio no significa que la
Administración local no deba reflejar, desde el punto de
vista de la inversión, cada una de las partes que se van
abonando.
Desde un punto de vista contable, en principio, sí existen
fundamentos para darlo de alta como inversión, lo que
significa incluirlo en el capítulo VI. El motivo por el cual
Urbaser es la titular de las máquinas es porque debe de
cumplimentar los seguros de cada vehículo. Pero la
maquinaria es de quien la paga, no de quien aparece como
titular. Existen ejemplos en la Ciudad y hay otros contratos
que cuentan con un servicio y una parte para prestarlo es de
inversión, por ejemplo, el de la planta de transferencia de
Santa Catalina.
Uno de los matices más destacados de por qué la maquinaria
debe considerarse como inversión, es que cuando el contrato
finaliza, cuando se produce el acto de la reversión de los
vehículos, hubiera permitido a la Ciudad ejercer un control,
ya que si no se refleja en la inversión, nunca se puede
ejercer un control de la maquinaria porque se desconoce lo
que ha pasado con la misma a lo largo de una década. La
amortización de la maquinaria es más importante de lo que
parece, ya que aunque su valor residual sea pequeño, la
empresa que ahora mismo está prestando el servicio de
limpieza viaria lo está haciendo con esas máquinas, y no
podría realizarlo hoy por hoy, ya que dispone de seis meses
para renovar la flota.
En conclusión, lo que se desprende de esta situación es un
problema endémico de falta de criterio en el área de la
contabilidad. Existe la obligación contable, cuando la
Ciudad se queda con las máquinas, de reflejar su precio de
adquisición para poder contabilizarlas y darlas de alta
cuando se produce la finalización del contrato. Si no, no se
sabe cuánto se ha pagado por ellas.
El motivo de que el informe nazca no es como cuentan el
diputado de Caballas, Juan Luis Aróstegui, ni el portavoz ni
el presidente de la Ciudad, Guillermo Martínez y Juan Vivas.
La causa es que el 30 de enero de 2013 se introduce en el
área de contabilidad un acta donde se entregan los
vehículos. Ahí es cuando el técnico contable descubre que en
lugar de haber pagado lo que se debía, se han abonado 12,5
millones de euros más. Se haga antes o después esta
contabilidad al final, y hoy por hoy, también afecta a la
carga financiera, ya que las máquinas se han pagado a ese
precio, se reconoce y habría que recoger esa financiación.
Y es que, no solamente en el pliego de prescripciones
técnicas se recoge la inversión, sino que también se incluye
en la propuesta económica de la empresa del año 2001 en una
auditoría que se crea a mitad del contrato como uno de los
requisitos que se realizó para poder llevar a cabo esa
modificación. Este informe analiza, desde el punto de vista
de la empresa, el coste real y la eficiencia en el pago del
servicio. En esa auditoría es donde se observa cuál es la
inversión que tiene que realizar la empresa y la que el
auditor contabiliza en un inmovilizado. La inversión era de
3,5 millones y todo el ‘exceso’ hasta los 15 no se
contabiliza en los gastos de la antigua adjudicataria del
servicio de limpieza.
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