Tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como el
Tribunal Supremo de España, así como numerosísimas
sentencias de los distintos tribunales superiors de justicia
de las comunidades autónomas han recnocido a profesores y
profesoras interinos de los distintos ámbitos de gesgión
docente el derecho a percibir el Complemento de Formación
Permanente (sexenios) cuando cumplan los requisitos para
ello.
Como consecuencia de ello, son varias las comunidades
autónomas que han decidido asumir la doctrina de estas
sentencias y, en consecuencia, han establecido de oficio el
reconocimiento de este derecho al profesorado interino. Por
tal motivo, y con el fin tanto de evitar una mayor
saturación del sistema judicial con nuevos recursos cuya
resolución se prevé favorable a la petición de los
interesados como de dar solución a una situación que se ha
demostrado es contraria a derecho, desde la Confederación de
Sindicatos de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza -
Intersindical se ha solicitado a través de un escrito que se
tomen las medidas necesarias para hacer extensivo y de
oficio el reconocimiento de este derecho y el abono de las
cantidades correspondientes al profesorado interino que
presta servicios en su ámbito de gestión.
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