Los servicios Jurídicos de FETE-UGT han conseguido, en una
sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, el derecho de varios profesores interinos a cobrar
el complemento de formación permanente (sexenios.
Varios afilados de FETE-UGT de Ceuta demandaron en 2010 al
Ministerio de Educación a fin de que reconociera el derecho
al cobro del complemento de formación permanente, sexenios,
siempre que cumplan los requisitos de formación para ello.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, en
sentencia de 21 de marzo de 2013, notificada a nuestra
federación el día 5 de abril, reconoce este derecho con
fundamento en la Directiva 1999/70 CE.
Aunque la propia Sala ya se había pronunciado sobre esta
cuestión en sentido contrario, en Sentencia número 4 de 14
de enero de 2012, ahora ha cambiado de criterio. Para
justificar su cambio de criterio, hace mención al Auto de 9
de febrero de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TJUE),
El TJUE dice que este complemento debe considerarse dentro
de las condiciones de trabajo, constituyendo un complemento
salarial cuya concesión depende de la duración de los
servicios prestados y el haber cursado un determinado número
de horas de formación.
En definitiva el TSJ reconoce el derecho de los recurrentes
al reconocimiento, a efectos administrativos y económicos,
al reconocimiento de los períodos de formación permanente,
desde la fecha de solicitud.
Finalmente, a través de un comunicado de prensa, FETE-UGT ha
considerado un logro la sentencia descrita, ya que favorece
al profesorado interino docente que reúna los requisitos
exigidos para el cobro del complemento de formación
permanente. En este sentido animamos a todo este
profesorado, que aún no lo haya hecho, a reclamar este
complemento. Los servicios jurídicos de FETE-UGT, en base a
esta sentencia, van a solicitar la extensión de la misma a
nuestros afiliados afectados.
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