El juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta enjuició ayer a un
hombre acusado de un delito de amenzas y malos tratos en el
ámbito familiar.
Tanto la parte de la defensa como la acusación particular y
el Ministerio Fiscal llegaron a un acuerdo de conformidad
por el que el hombre no podrá acercarse ni comunicarse
durante un año y 66 días a su ex pareja.
El juez de la Sala remarcó al procesado que “bajo ningún
concepto” podrá ponerse en contacto con la mujer, ni
llamadas telefónicas, correos electrónicos o cualquier otro
medio de comunicación. Y en caso de que así fuera se
produciría un quebrantamiento de la ley.
Durante ese mismo periodo tampoco podrá poseer armas, aunque
el acusado aseguró que no tenía ninguna en su poder.
Asimismo deberá cumplir una pena que consiste en 66 días de
trabajos en beneficio de la comunidad, que se adaptan al
horario laboral de quienes deben cumplirlo.
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