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sucesos - JUEVES, 21 DE MARZO DE 2013


imagen del juicio. archivo.

juicio
 

La defensa de cuatro agentes de la UIR recurrirá una sentencia por lesiones

El letrado alega que el tribunal sólo se basa  en el testimonio de los propietarios de ‘Almacenes Susi’ para condenar a los policías
 

CEUTA
Virginia Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Audiencia Provincial de Ceuta ha condenado a cuatro agentes de la UIR por diversas faltas de lesiones y un delito contra la integridad moral de los que le acusaban el propietario de ‘Almacenes Susi’ y su hijo, que a su vez estaba también acusados de delitos de atentado de los que han sido absueltos. La defensa recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo.

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ya ha dictado sentencia en el caso de las denuncias cruzadas por lesiones entre los propietarios de ‘Almacenes Susi’ y cuatro agentes de la Unidad de Intervención Rápida (UIR) de la Policía Local por una actuación que tuvo lugar en mayo de 2010. Después de casi seis meses de espera desde que se celebrara el juicio, el tribunal ha publicado la sentencia en la que se condena a los cuatro agentes acusados y se absuelve a los dueños (padre e hijo) del comercio donde se produjeron los hechos. La Audiencia Provincial ha considerado culpables a los policías de diversas faltas de lesiones por las que se le imponen penas de multa de 1.200 euros a dos de ellos (F.J.G.R. y A.F.J.G.) y de 2.400 a otros dos (J.R.G.O. y J.M.L.C.), por dos faltas. Además, el tribunal también impone una pena de cárcel de un año y seis meses para J.M.L.C. por un delito contra la integridad moral por el que además se le inhabilita durante tres años y cuatro meses para el ejercicio de las funciones de integrantes de las fuerzas y cuerpos de seguridad estatal, autonómica o local.

Tras conocer la sentencia, la defensa ha decidido recurrirla ante el Tribunal Supremo porque entiende que los magistrados de la Audiencia Provincial sólo han tenido en cuenta el testimonio de los propietarios de ‘Almacenes Susi’. Además, el letrado alega que no existe ninguna prueba tangible que acredite que los agentes agredieron a los empresarios más allá de las declaraciones de los otros dos acusados (M.E.H. y A.E.T.).

Los hechos tuvieron lugar el 4 de mayo de 2010, cuando los agentes se personaron en ‘Almacenes Susi’ para precintar el lugar ante el peligro de desprendimiento de materiales procedente del talud rocoso situado junto a el. Los agentes aseguraron en el juicio que el propietario del local se negó a facilitarles la documentación y a abandonar la nave, además de que su hijo le propinó una patada a uno de ellos. Mientras, M.E.H. denunciaba que los agentes le agredieron con las defensas y que, incluso, uno de ellos le pegó un puñetazo en el ojo ya dentro del furgón, que le esposaron y le insultaron.
 

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