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economía - DOMINGO, 10 DE MARZO DE 2013


Muchos ceutíes cuentan con propiedades en Marruecos.ARCHIVO

confederación de empresarios
 

La CECE analiza cómo declarar bienes en el extranjero y sus consecuencias

El jefe de la Inspección Financiera y Tributaria para Ceuta expondrá los riesgos de no informar sobre las propiedades fuera de España y de saltarse la limitación de pago en efectivo

CEUTA
Virginia Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Confederación de Empresarios de Ceuta acoge el próximo martes una jornada en la que se hablará sobre la obligación de declarar los bienes en el extranjero y las limitaciones de pago en efectivo, dos temas que en la ciudad tienen especial incidencia por su condición de transfronteriza. La jornada arrancará a las 17.00 horas.

La limitación del pago en efectivo y la obligación de declarar bienes en el extranjero son dos medidas que tienen especial incidencia en una ciudad fronteriza como Ceuta, por ello la Confederación de Empresarios ha organizado una charla en la que se quiere concienciar a los empresarios y ciudadanos ceutíes sobre la importancia de cumplir con la normativa y las consecuencias de no hacerlo. El jefe de la Dependencia regional de Inspección Financiera y Tributaria de la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla de la Agencia Tributaria, Ignacio Méndez Cortegal visitará el martes la CECE para hablar de ambas cuestiones, sobre las que reconoce que aún falta concienciación entre los ciudadanos.

Con motivo de la jornada que se desarrollará en la CECE, Méndez explica los contribuyentes tendrán hasta el 30 de abril para declarar de forma voluntaria los bienes que tienen en el extranjero, si no lo hace y posteriormente la administración lo descubre, no solamente tributará por el rendimiento que pueda tener esa propiedad o el 1,1% del valor catastral, como hasta ahora, sino que también lo hará por el valor de adquisición de la vivienda como si fuera renta al tipo general (más del 50%) y, además, es una obligación que no prescribe. “Aunque el inmueble se hubiera adquirido en periodo prescrito la obligación se mantiene y, esto, cambia bastante el sistema actual”, advierte.

La limitación del pago en efectivo, que entró en vigor el pasado 19 de abril, también se analizará en esta jornada. Méndez cuenta como Ceuta es una de las zonas donde el movimiento de dinero era “demasiado elevado”. Ahora se pretende reducir este flujo y, con ello, acabar con la economía sumergida. Para controlar que se cumple la normativa, la Agencia Tributaria va a realizar planes específicos de visitas a empresarios, para verificar con albaranes y facturas que las operaciones que superen los 2.500 euros (15.000 euros en el caso de que intervenga un ciudadano extranjero) no se pagan con dinero efectivo.
 


Media de diez denuncias diarias por no cumplir el límite

En la zona de Andalucía, Ceuta y Melilla, la Agencia Tributaria está recibiendo una media de diez denuncias diarias por operaciones en las que no se respecta el límite del pago en efectivo, establecido en 2.500 euros para residentes y 15.000 euros cuando interviene un extranjero en la compra. Los propios empresarios, o en muchas ocasiones los notarios, son los que avisan a Hacienda sobre aquellos que pretenden saltarse la normativa. La consecuencia de hacerlo es una multa directa del 25% del valor de la operación, o de lo que es lo mismo, del dinero que se pretendía entregar en efectivo. Aunque desde la Agencia Tributaria son conscientes de que es difícil cambiar un sistema de un día para otro, aseguran que los empresarios están “concienciados” con el cumplimiento de este límite impuesto hace casi cuatro meses y así lo traslada Ignacio Méndez, jefe de la Dependencia Regional de Inspección Financiera y Tributaria de la Delegación Especial de Andalucía, Ceuta y Melilla de la Agencia Tributaria. Para Méndez es positivo que se estén realizando estas denuncias a la Agencia Tributaria. “En una operación intervienen dos partes, un comprador y un vendedor, y basta con que uno de ellos sea empresario para que la operación esté sujeta a la limitación de los 2.500 euros”, recuerda para añadir: “Si un particular quiere pagar en efectivo, el empresario no puede obligarle a que no lo pague, solo hacer la denuncia, y estamos recibiendo muchas denuncias de ese ámbito”.
 

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