Las Fuerzas de Seguridad podrán destruir la droga incautada
en las operaciones policiales a los treinta días de ser
intervenida si la autoridad judicial no ordena antes de ese
plazo su eliminación. Así lo acordó ayer el Consejo de
Ministros en su decisión de modificar el artículo 367 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el que se señalaba que
serán los jueces instructores, previa petición del
Ministerio Fiscal, los encargados de ordenar la destrucción
de las drogas incautas convservando muestra “suficientes” de
las mismas para posteriores investigaciones o
comprobaciones, según recoge la Agencia Efe.
El objetivo, explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya
Sáenz de Santamaría, es “permitir la destrucción de los
alijos de droga incautadas y que ahora llevaban años
almacenándose en depósitos”. Según la vicepresidenta,
“parece lógico y razonable” facilitar la destrucción de los
estupefacientes y custodiar sólo unas muestras de los
alijos. En los últimos meses se han producido “robos
importantes” de droga incautada en depósitos, como el
registrado en septiembre de 2012 en Cádiz.
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