El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la
sentencia por un delito de asesinato en la barriada de San
Amaro en mayo de 2010.
El Alto Tribunal ha desestimado integramente los recursos de
apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por la
acusación particular contra la sentencia dictada por la
Audiencia Provincial de Cádiz (Sección Sexta, Ceuta).
Ante dicha resolución cabe interponer recurso de casación
ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Hechos enjuiciados
Los hechos enjuiciados se remontan a el 26 de mayo de 2010,
cuando Ángel José P.G. entró en su domicilio sito en la
barriada de San Amaro. Accedió a la cocina, se desvistió y
quedó en calzoncillos. A continuación se colocó unos guantes
y cogió un cuchillo tipo jamonero. Se dirigió a la
habitación donde estaba durmiendo Francisco José F.P. y, sin
encender la luz y arrastrándose, se aproximó a la cama y de
forma sorpresiva le clavó el arma blanca en la zona del
costado. La herida le produjo la muerte por un shock
hipovolémico.
El 18 de mayo de 2012 la Audiencia Provincial dictó
sentencia condenatoria para Ángel José P.G. como autor
criminalmente responsable del delito de asesinato consumado
y se le impuso una pena de prisión de diez años. Además, se
estipulaba una indemnización de cien mil euros para cada uno
de los hijos del fallecido y al padre con 25.000 euros.
El abogado de la acusación particular solicitó en el juicio
una pena de 20 años de prisión y el Ministerio Fiscal de 17
años.
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