La Defensora del Pueblo recibe 3.816 escritos que
muestran su rechazo por la nueva Ley de Tasas. Gran parte de
esas quejas reclaman que interponga un recurso de
incostitucionalidad. El pasado 21 de febrero se reunió con
el ministro de Justicia y le entregó un escrito con una
serie de recomendaciones para modificar la Ley. La decana
del Colegio de abogados de Ceuta le parecen oportunas las
recomendaciones, pero, independientemente de estas, insta a
que se interponga el recurso.
La decana del Colegio de Abogados de Ceuta, Isabel
Valriberas, valora “muy positivamente” la postura de la
Defensora del Pueblo ante la inconstitucionalidad de la
nueva Ley de Tasas Judiciales.
Recientemente, el 12 de febrero, la Defensora del Pueblo,
Soledad Becerril, en su calidad de mediadora entre los
ciudadanos y los poderes público, entregó al ministro de
Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, un escrito con
recomendaciones para modificar algunos aspectos sustanciales
de la polémica nueva Ley de Tasas Judiciales.
Esta propuesta nace ante los 3.816 escritos que
organizaciones y ciudadanos han entrado en el registro del
Defensor del Pueblo y en los que expresaban su rechazo a la
nueva ley. Gran parte de las quejas también reclaman que se
interponga un recurso de inconstitucionalidad. Este
organismo tiene de plazo hasta el 21 de febrero para tomar
una decisión.
El acceso a la justicia
La decana del Colegio de Abogados de Ceuta indica la
preocupación que genera en la abogacía que por la cuantía de
las tasas un ciudadano no pueda acceder a la jurisdicción y
que eso “infringiría claramente el artículo 24.1 de la
Constitución”, que legisla lo siguiente: “Todas las personas
tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y
tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses
legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse
indefensión”, dicho artículo se encuentra dentro del Título
I, de los derechos y los deberes fundamentales, de la Carta
Magna.
“Entendemos que poner trabas económicas a los ciudadanos, y
más en la situación actual de crisis, limita el acceso a la
justicia”, afirma Valriberas, quien pone como ejemplo que
interponer un recurso Contencioso-Adminitrativo por una
multa de 30 euros supone pagar una tasa de 200 euros. “No se
justifica una tasa tan alta por una cuantía de una multa tan
pequeña”. Además hay que sumar los gastos de los abogados y
los procuradores, ya que un ciudadano no suele conocer los
procedimientos ni redactar un recurso
Contencioso-Administrativo.
Afán recaudatorio de la ley
El preámbulo de la Ley de Tasas Judiciales expone lo
siguiente: “[...] la tasa aportará unos mayores recursos que
permitirán una mejora en la financiación del sistema
judicial y, en particular, de la asistencia gratuita [...]”.
La decana ceutí asegura que ese preámbulo deja claro el afán
recaudatorio de la nueva ley. “La justicia gratuita es un
servicio público que debe sostenerse con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado y que no tiene que
vincularse necesariamente a unas tasas judiciales. Es como
si dijeramos que unos cuantos ciudadanos van a pagar la
justicia de otros. No tiene sentido”.
‘Litigantes temerarios’
Por otro lado, si lo que realmente busca la nueva ley es
reducir el número de litigios y sus dilaciones en el tiempo,
una solución que proponen desde el Colegio de Abogados es
penalizar a los “litigantes temerarios”, es decir, personas
que abusan de la justicia y que abren procesos sin ninguna
justificación aun sabiendo que los perderán.
“Antiguamente ya existía la imposición de costas temerarias
-afirma Valriberas- que se recogía en la sentencia y se
imponían las cosas”. Con esta fórmula o alguna parecida se
evitarían muchos juicios y, por tanto, el coste que
conllevan al Estado.
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