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sociedad - LUNES, 18 DE FEBRERO DE 2013


Manifestación de abogados y procuradores. archivo.

asociacion
 

Valriberas afirma que existen otras fórmulas para reducir los litigios

La decana del Colegio de Abogados de Ceuta
insta a que la Defensora del Pueblo interponga un recurso de inconstitucionalidad por la Ley de Tasas Judiciales
 

CEUTA
Ángela Gilabert

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Defensora del Pueblo recibe 3.816 escritos que muestran su rechazo por la nueva Ley de Tasas. Gran parte de esas quejas reclaman que interponga un recurso de incostitucionalidad. El pasado 21 de febrero se reunió con el ministro de Justicia y le entregó un escrito con una serie de recomendaciones para modificar la Ley. La decana del Colegio de abogados de Ceuta le parecen oportunas las recomendaciones, pero, independientemente de estas, insta a que se interponga el recurso.

La decana del Colegio de Abogados de Ceuta, Isabel Valriberas, valora “muy positivamente” la postura de la Defensora del Pueblo ante la inconstitucionalidad de la nueva Ley de Tasas Judiciales.

Recientemente, el 12 de febrero, la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, en su calidad de mediadora entre los ciudadanos y los poderes público, entregó al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, un escrito con recomendaciones para modificar algunos aspectos sustanciales de la polémica nueva Ley de Tasas Judiciales.

Esta propuesta nace ante los 3.816 escritos que organizaciones y ciudadanos han entrado en el registro del Defensor del Pueblo y en los que expresaban su rechazo a la nueva ley. Gran parte de las quejas también reclaman que se interponga un recurso de inconstitucionalidad. Este organismo tiene de plazo hasta el 21 de febrero para tomar una decisión.

El acceso a la justicia

La decana del Colegio de Abogados de Ceuta indica la preocupación que genera en la abogacía que por la cuantía de las tasas un ciudadano no pueda acceder a la jurisdicción y que eso “infringiría claramente el artículo 24.1 de la Constitución”, que legisla lo siguiente: “Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión”, dicho artículo se encuentra dentro del Título I, de los derechos y los deberes fundamentales, de la Carta Magna.

“Entendemos que poner trabas económicas a los ciudadanos, y más en la situación actual de crisis, limita el acceso a la justicia”, afirma Valriberas, quien pone como ejemplo que interponer un recurso Contencioso-Adminitrativo por una multa de 30 euros supone pagar una tasa de 200 euros. “No se justifica una tasa tan alta por una cuantía de una multa tan pequeña”. Además hay que sumar los gastos de los abogados y los procuradores, ya que un ciudadano no suele conocer los procedimientos ni redactar un recurso Contencioso-Administrativo.

Afán recaudatorio de la ley

El preámbulo de la Ley de Tasas Judiciales expone lo siguiente: “[...] la tasa aportará unos mayores recursos que permitirán una mejora en la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia gratuita [...]”.

La decana ceutí asegura que ese preámbulo deja claro el afán recaudatorio de la nueva ley. “La justicia gratuita es un servicio público que debe sostenerse con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y que no tiene que vincularse necesariamente a unas tasas judiciales. Es como si dijeramos que unos cuantos ciudadanos van a pagar la justicia de otros. No tiene sentido”.

‘Litigantes temerarios’

Por otro lado, si lo que realmente busca la nueva ley es reducir el número de litigios y sus dilaciones en el tiempo, una solución que proponen desde el Colegio de Abogados es penalizar a los “litigantes temerarios”, es decir, personas que abusan de la justicia y que abren procesos sin ninguna justificación aun sabiendo que los perderán.

“Antiguamente ya existía la imposición de costas temerarias -afirma Valriberas- que se recogía en la sentencia y se imponían las cosas”. Con esta fórmula o alguna parecida se evitarían muchos juicios y, por tanto, el coste que conllevan al Estado.
 

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