La sección 6ª de la Audiencia Provincial de Ceuta
notificó ayer a las partes la sentencia que absuelve a
Hanuar M.A. y Abdelkader A.A. por el delitos de Homicidio
intentado y Tenencia ilícita de armas. Por su parte, la
abogada de la acusación particular asegura que recurrirán en
casación la sentencia, pero la letrada de la defensa afirma
que la sentencia es muy “clara” y será difícil revocarla.
La sección 6ª de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta
notificó ayer a las partes la sentencia que absuelve a
Hanuar M.A., sobrino del ‘Nene’, y Abdelkader A.A., hermano
de ‘Tafa Sodia’, por los delitos de Homicidio intentado y
Tenencia ilícita de armas, según la sentencia que ha
facilitado por la letrada de la defensa.
Tras la imputación por los hechos del 25 de julio de 2010,
se decreto prisión preventiva para los acusados, que
permanecieron dos años y tres meses en la cárcel, según ha
asegurado la abogada de Abdelkader A.A.
La letrada afirma que una vez que sea firme la sentencia
-aún cabe recurso de casación- pedirá una compensación por
el tiempo que su cliente pasó en la cárcel a causa de este
procedimiento por el que ha sido absuelto. Sin embargo, la
abogada de la acusación particular, Itziar Peña, afirma que
“por supuesto” recurrirán la sentencia.
Los hechos que se enjuiciaron se produjeron el 25 de julio
de 2010. Abdelmalik A.S., hermano del ‘Vasco’, se encontraba
solo en un comercio de la calle San Daniel, de la barriada
del Príncipe, cuando una persona entró y le disparó en
repetidas ocasiones.
Durante la vista oral en la Audiencia Provincial, tanto la
familia del ‘Vasco’ como la de ‘Tafa Sodia’ dejaron
constancia de sus “conflictos recíprocos”, incluso la
acusación particular llegó a señalar como responsable último
del intento de homicidio a ‘Tafa Sodia’.
Pero finalmente la sentencia expone que el testimonio de
cargo, es decir, el testimonio de la víctima, “no ha sido
suficiente para estimar probada la participación de
Abdelkader A.A. y Hanuar M.A.”. Asimismo, el testimonio de
un hombre durante la vista oral, que tenía una perfecta
visión de la entrada del comercio durante, pero que no fue
llamado a declarar en la instrucción, ha sido determinante
para la absolución.
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