El Colegio de Médicos de Ceuta firmó ayer en su propia
sede un convenio con el Grupo Dabo Consulting por el que
todos sus colegiados se adaptaran a Ley Orgánica de
Protección de Datos. La presidenta del Colegio de Médicos y
el responsable de Dabo Consulting en Ceuta, Álvaro Luque,
estuvieron presentes en la firma.
El Colegio de Médicos de Ceuta y el Grupo Dabo Consulting
rubricaron ayer un convenio por el que los colegiados
médicos se acogerán a la Ley Orgánica de Protección de
Datos.
La firma del convenio tuvo lugar ayer por la mañana, a las
11.30 horas, en la sede del Colegio de Médicos. Por parte de
ls colegiados estuvo presente su presidenta, Manuela Gómez,
y en representación del Grupo Dabo Consulting acudió su
responsable en Ceuta, Álvaro Luque.
Ley de Protección de Datos
La consultoría ya había rubricado un convenio similar con el
Colegio de Arquitectos y el de Abogados de la ciudad. El
objetivo es que se adapten a la Ley Orgánica de Protección
de Datos de Carácter Personal del 13 de diciembre de 1999,
una normativa de obligado cumplimiento que tiene como
proposito impedir el uso no autorizado de datos personales
si con ello afecta a la privacidad.
Mediante este convenio, en el que se engloba a 313
colegiados médicos de Ceuta, el Grupo Dabo Consulting
ofrecerá asesoramiento en la adaptación y mantenimiento de
la normativa, que si se incumple puede acarrear sanciones
que alcanzan los 600.000 euros si la infracción es grave,
aunque siempre depende de la naturaleza de los derechos
personales de los afectados, la intencionalidad o la
reincidencia.
Grupo Dabo Consulting incluye en el convenio la posibilidad
de organizar seminarios formativos si así lo demanda el
Colegio de Médicos de Ceuta. Además, se encargará de
elaborar toda la documentación pertinente, cláusulas,
protocolos y, en general, formación anexa a esta norma.
La consultoría inscribe todos los ficheros en la Agencia
Española de Protección de Datos, y tras ello, realiza un
mantenimiento y auditoria constante.
Asimismo, la asistencia jurídica también está recogida en el
nuevo convenio, con un departamento específico para esta
labor.
El acuerdo incluye la planificación y estudio de cada uno
colegiados ceutíes, así como el asesoramiento en las medidas
de seguridad a tener en cuenta según la ley, y cómo redactar
la documentación legalmente exigidas.
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La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal
Objeto de la Ley de Protección de
Datos. Artículo 1:
“La presente ley tiene por objeto garantizar y proteger, en
lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las
libertades públicas y los derechos fundamentales de las
personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad
personal y familiar”.
Deber del secreto. Artículo 10 de la ley de Protección de
datos:
“El responsable del fichero y quienes intervengan en
cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter
personal están obligados al secreto profesional respecto de
los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que
subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el
titular del fichero o, en su caso, con el responsable del
mismo.
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