La Sección Sexta de la Audiencia Provincial dejó ayer
visto para sentencia el juicio en el que estaban acusados un
hombre que huyó de un control policial y los dos agentes
locales que le detuvieron. El procesado se presentó como
acusación particular por las lesiones que sufrió durante la
detención y a él se le imputaban un delito contra la
seguridad vial, otro de atentado a la autoridad y una falta
de lesiones. Finalmente, los tres acusados se han acogido a
su derecho de no declarar.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Ceuta señaló
ayer, a las 10.30 horas, el juicio en el que estaba acusado
Mohamed L. y los policías locales Carly J. y Mateo S.
Finalmente, los tres hombres se acogieron a su derecho de no
declarar y renunciaron a los testigos por lo que el proceso
a queda visto para sentencia, según ha informado el letrado
de los agentes locales, Néstor García. Mohamed L. está
acusado de un delito contra la Seguridad Vial, otro de
atentado a la autoridad y una falta de lesiones. Y los
policías locales de una falta de lesiones.
Los hechos que se enjuician sucedieron el 8 de septiembre de
2008 cuando Mohamed L. circulaba, sobre las 16.30 horas, por
la calle Edrissi mientras hablaba por teléfono y sin
cinturón de seguridad. En ese momento encontró un control de
la policía local y con el objetivo de evitar una sanción por
huyó del lugar a gran velocidad, incluso se saltó un
semáforo y puso en peligro la integridad física de los
viandantes. El acusado condujo hacía la calle Independencia,
pero los dos agentes locales consiguieron detenerle, sin
embargo Mohamed L. mostró resistencia y agarro del cuello a
uno de los policías que cayó al suelo mientras el forcejeo
entre ambos hombres continúo. El otro agente acudió a
auxiliar a su compañero, pero también fue golpeado y sufrió
lesiones en los brazos. Las heridas de ambos policías
tardaron en curar aproximadamente unos 15 días.
Asimismo, los policías golpearon al acusado provocando
lesiones por todo el cuerpo.
El relato de los hechos está recogido en el escrito de
calificación del Ministerio Fiscal, ya que al acogerse a su
derecho a no declarar, y renunicar a los testigos, no han
sido ellos mismos quienes han relatado los hechos de lo que
sucedió aquella tarde de septiembre de 2008.
Las penas que solicitaba la Fiscalía para Mohamed L. era de
un año de prisión por el delito contra la Seguridad Vial, un
año y nueve meses por el delito de Atentado contra la
autoridad y dos meses de multa a razón de 10 euros diarios
por la falta de lesiones. La solicitud de pena de prisión
asciende a un total de dos años y nueve meses de prisión.
Por otra parte, a los policías locales se les solicitaba una
multa a razón e 20 euros diarios durante 20 meses.
Según el letrado Néstor García, en este tipo de casos donde
no declaran ninguna de las partes la sentencia suele ser
absolutoria.
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