El juzgado central de lo Contencioso-Administravido nº9
ha hecho pública una sentencia en la que desestima la
demanda del secretario judicial de Ceuta, Juan Ignacio S.
M., pero en la que se recoge que le abrieron una serie de
procedimientos disciplinarios que más tarde se archivaron
por carecer de fundamento.
El juzgado central de lo Contencioso-Administrativo nº9 ha
firmado una sentencia en la que el demandante es el
secretario judicial de Ceuta, Juan Ignacio S. M. y demandaba
al Ministerio de Justicia, concretamente a la Secretaría de
Estado de Justicia.
El secretario judicial interpuso una demanda por la que
reclamaba el reconocimiento de la responsabilidad
patrimonial de la Administración por el “acoso al que se ha
visto sometido como secretario judicial, siendo prueba de
ello, los expedientes disciplinarios que se le incoaron y
que fueron archivándose por carecer de fundamento”, así se
recoge en el objeto de recurso de la sentencia.
Por su parte, la Abogacía del Estado, como defensor de la
Administración, consideraba que no existía una reclamación
por vía administrativa y por lo tanto no se había agotado
dicha vía.
Finalmente el juzgado de lo Contencioso-Administrativo,
aunque falla que desestima el recurso interpuesto por el
secretario judicial, sí reconoce que: “se incoaron una serie
de expedientes disciplinarios que se fueron archivando por
carecer de fundamento, que sin lugar a duda le han producido
una preocupación importante, derivando en alguna ocasión a
enfermedad”.
Este es el punto que más le importa a Juan Ignacio porque él
asegura que lo que más le preocupaba era lavar su nombre. Él
mismo afirma que desde 2006 sufrió la continua apertura de
expedientes disciplinarios por motivos como
“desconsideración con los superiores, peder dinero de la
administración pública, no asistencia al trabajo”, entre
otros, pero al final todos esos expedientes se archivaban.
Por otro lado la sentencia afirma: “no ha quedado acreditado
que durante la tramitación de dichos expedientes
disciplinarios se le causara indefensión o se vulnerase el
procedimiento, todo lo contrario, pudo demostrar en todo y
cada uno de ellos que no había motivos para su incoación”.
Por otro lado, el secretario judicial Juan Ignacio S. M.
reclamaba un euro simbólico como indemnización por los daños
sufridos, pero el juzgado de lo Contencioso-Administrativo
desestima el recurso y por tanto no ha lugar.
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Ocho expedientes disciplinarios que fueron archivados
Según el secretario judicial Juan
Ignacio S. M. desde 2006 le abrieron ocho expedientes
disciplinarios que se encadenaron unos a otros y que al
final se archivaron todos por carecer de fundamento. Este
hecho queda probado en una sentencia del juzgado central de
lo Contencioso-Administrativo nº9, pero finalmente desestima
la demanda.
“En efecto, al actor se le incoaron una serie de expedientes
disciplinarios, que se fueron archivando por carecer de
fundamento, que sin lugar a dudas le han producido una
preocupación importante , derivando en alguna ocación en
enfermedad”, así lo recoge la sentencia firmada por el
juzgado.
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