El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha
puesto en marcha el procedimiento para la tramitación del
reembolso a los pensionistas y sus beneficiarios residentes
en Ceuta y Melilla por exceso de las aportaciones realizadas
en concepto de prestación farmacéutica ambulatoria. Las
primeras devoluciones se realizarán en el límite del plazo
estipulado, pues el día 31 se abonarán las facturas de julio
de 2012.
El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha
puesto en marcha el procedimiento para la tramitación del
reembolso a los pensionistas y sus beneficiarios residentes
en Ceuta y Melilla por exceso de las aportaciones realizadas
en concepto de prestación farmacéutica ambulatoria. El nuevo
modelo de aportación farmacéutico se puso en marcha el
pasado mes de julio, amparado por el Real Decreto-Ley
16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar
la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la
calidad y seguridad de sus prestaciones.
Las Direcciones Territoriales de Ingesa procederán de oficio
a reembolsar a los pensionistas de la Seguridad Social y sus
beneficiarios, residentes en Ceuta y Melilla, las cantidades
que superen el tope máximo de aportación mensual a la
prestación farmacéutica ambulatoria que en cada caso les
corresponda. Los plazos estipulados para el reembolso de
dichas aportaciones han sido aprobados mediante resolución,
y 31 de enero de 2013 se procederá a la devolución
correspondiente al mes de julio de 2012. En febrero de 2013
se hará efectivo el reembolso de los meses de agosto y
septiembre de 2012. A partir de marzo de 2013, los pagos se
llevarán a cabo trimestralmente, pagándose en este mes las
facturas correspondientes a octubre, noviembre y diciembre
de 2012.
La siguiente devolución sería, por tanto, en el mes de junio
de 2013 que correspondería a los meses de enero, febrero y
marzo de 2013, siguiendo sistemáticamente ya un orden
trimestral.
Las cantidades objeto de reembolso se abonarán en periodos
trimestrales y comprenderán las cuantías que superen el
límite de aportación mensual acumulada en el trimestre.
Ingreso en cuenta bancaria
El reembolso se realizará mediante ingreso directo en la
cuenta bancaria en la que esté domiciliada la pensión del
titular pensionista, si bien no se comunicará la cantidad de
la devolución.
|