PORTADA DE HOY
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sociedad - SÁBADO, 12
DE ENERO DE 2013 |
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cristóbal montoro. ep. |
manifestacion
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Los funcionarios inician su ofensiva
judicial por la supresión de la extra |
La
Plataforma Sindical y de Asociaciones de
Empleados Públicos empezará a reclamar la paga
extraordinaria de Navidad por la vía de lo
contencioso-administrativo a partir de la próxima
semana
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CEUTA
El Pueblo
ceuta@elpueblodeceuta.com |
Será el martes 15 de enero la fecha elegida por los
sindicatos integrantes de esta Plataforma para interponer el
primer recurso judicial contra la supresión de la paga
extraordinaria de Navidad de los empleados públicos, con
efectos sobre el personal de la Administración General del
Estado, Correos, Sanidad y Educación.
La Plataforma Sindical y de Asociaciones de Empleados
Públicos empezará a reclamar la paga extraordinaria de
Navidad de los empleados públicos por la vía de lo
contencioso-administrativo a partir de la próxima semana,
según informa UGT. El primer día será el martes 15 de enero,
fecha elegida por los sindicatos integrantes de esta
Plataforma para interponer el primer recurso judicial contra
la supresión de la extra, con efectos sobre el personal de
la Administración General del Estado, Correos, Sanidad y
Educación.
Para el personal dependiente de comunidades autónomas y
ayuntamientos, los procedimientos de reclamación judicial
arrancarán una semana más tarde, aproximadamente.
Qué alegan
En sus alegaciones, los sindicatos exponen que la eliminació
de la paga de Navidad de 2012 “supone una quiebra total y
absoluta de los principios de irretroactividad de las
disposiciones restrictivas de derechos individuales y de
seguridad jurídica” recogidos en la Constitución, así como
del principio de confianza legítima. La Plataforma se reunió
el pasado mes de octubre con la Defensora del Pueblo para
solicitar que interpusiera un recurso de
inconstitucionalidad a la eliminación de la paga. La demanda
de los sindicatos fue rechazada por la institución, pero
recomendó que la eliminación de la extra no fuera total, ya
que se había devengado parte por el trabajo realizado
durante la primera mitad del año.
La Federación de Servicios Públicos de UGT ha denunciado que
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas “ignoró
dichas recomendaciones”, al tiempo que ha advertido de que
agotará todas las vías legales de reclamación para que se
haga efectiva la restitución de la paga.
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¿Es constitucional eliminar la paga extra de los empleados?
Las pagas extras están
expresamente reconocidas en nuestra legislación laboral.
Para el personal funcionario en el artículo 22.4 del
Estatuto Básico del Empleado Público, y para el personal
laboral en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores,
en el cual se señala literalmente que: “El trabajador tiene
derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de
ellas con ocasión de las fiestas de navidad (….)”
La literalidad de la norma es clara, hay que abonar dos
pagas extraordinarias, una de ellas necesariamente en
navidad, y este es un derecho que se extiende a todos los
trabajadores regulados por el Estatuto de los Trabajadores.
El artículo no distingue entre empleados públicos o
privados, ni entre sectores de actividad. Las dos pagas
extras son un derecho inalienable del trabajador. De todo
trabajador. Partiendo de esta base es cuando debemos
hacernos la pregunta. ¿Es constitucional la eliminación de
la paga de navidad?. El art. 14 de la Constitución establece
que todos los españoles son iguales ante la ley sin que
pueda existir discriminación basada, entre otras causas, en
circunstancias personales o sociales. ¿Alguien se imagina
que un Convenio Colectivo estableciera que los nacidos en
Albacete no tienen derecho a la paga de navidad?. Seguro que
no, todos diríamos que esa cláusula convencional es
claramente discriminatoria. Entonces, ¿no es igual de
discriminatorio que los trabajadores del sector público no
tengan derecho a la paga de navidad y los del sector privado
sí?.
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