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sociedad - SÁBADO, 12 DE ENERO DE 2013


cristóbal montoro. ep.

manifestacion
 

Los funcionarios inician su ofensiva judicial por la supresión de la extra

La Plataforma Sindical y de Asociaciones de
Empleados Públicos empezará a reclamar la paga extraordinaria de Navidad por la vía de lo contencioso-administrativo a partir de la próxima semana
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Será el martes 15 de enero la fecha elegida por los sindicatos integrantes de esta Plataforma para interponer el primer recurso judicial contra la supresión de la paga extraordinaria de Navidad de los empleados públicos, con efectos sobre el personal de la Administración General del Estado, Correos, Sanidad y Educación.

La Plataforma Sindical y de Asociaciones de Empleados Públicos empezará a reclamar la paga extraordinaria de Navidad de los empleados públicos por la vía de lo contencioso-administrativo a partir de la próxima semana, según informa UGT. El primer día será el martes 15 de enero, fecha elegida por los sindicatos integrantes de esta Plataforma para interponer el primer recurso judicial contra la supresión de la extra, con efectos sobre el personal de la Administración General del Estado, Correos, Sanidad y Educación.

Para el personal dependiente de comunidades autónomas y ayuntamientos, los procedimientos de reclamación judicial arrancarán una semana más tarde, aproximadamente.

Qué alegan

En sus alegaciones, los sindicatos exponen que la eliminació de la paga de Navidad de 2012 “supone una quiebra total y absoluta de los principios de irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales y de seguridad jurídica” recogidos en la Constitución, así como del principio de confianza legítima. La Plataforma se reunió el pasado mes de octubre con la Defensora del Pueblo para solicitar que interpusiera un recurso de inconstitucionalidad a la eliminación de la paga. La demanda de los sindicatos fue rechazada por la institución, pero recomendó que la eliminación de la extra no fuera total, ya que se había devengado parte por el trabajo realizado durante la primera mitad del año.

La Federación de Servicios Públicos de UGT ha denunciado que la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas “ignoró dichas recomendaciones”, al tiempo que ha advertido de que agotará todas las vías legales de reclamación para que se haga efectiva la restitución de la paga.
 


¿Es constitucional eliminar la paga extra de los empleados?

Las pagas extras están expresamente reconocidas en nuestra legislación laboral. Para el personal funcionario en el artículo 22.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, y para el personal laboral en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, en el cual se señala literalmente que: “El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de navidad (….)”

La literalidad de la norma es clara, hay que abonar dos pagas extraordinarias, una de ellas necesariamente en navidad, y este es un derecho que se extiende a todos los trabajadores regulados por el Estatuto de los Trabajadores. El artículo no distingue entre empleados públicos o privados, ni entre sectores de actividad. Las dos pagas extras son un derecho inalienable del trabajador. De todo trabajador. Partiendo de esta base es cuando debemos hacernos la pregunta. ¿Es constitucional la eliminación de la paga de navidad?. El art. 14 de la Constitución establece que todos los españoles son iguales ante la ley sin que pueda existir discriminación basada, entre otras causas, en circunstancias personales o sociales. ¿Alguien se imagina que un Convenio Colectivo estableciera que los nacidos en Albacete no tienen derecho a la paga de navidad?. Seguro que no, todos diríamos que esa cláusula convencional es claramente discriminatoria. Entonces, ¿no es igual de discriminatorio que los trabajadores del sector público no tengan derecho a la paga de navidad y los del sector privado sí?.
 

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