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deportes - JUEVES, 20 DE DICIEMBRE DE 2012


antonio garcía gaona junto a ángel maría villar. ep.

fútbol / justicia
 

Villar, imputado por el uso de
fondos para gastos privados

La Audiencia Provincial de Madrid ha
acordado la reapertura de la causa en la que se investiga el uso de fondos de la RFEF para costear viajes privados y ha vuelto a imputar a varios de sus responsables
 

CEUTA
El Pueblo

deportes
@elpueblodeceuta.com

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado este miércoles la reapertura de la causa en la que se investiga el uso de fondos de la Federación Española de Fútbol (RFEF) para costear viajes privados en 2002 y ha vuelto a imputar a varios de sus responsables, entre ellos a su presidente, Ángel María Villar. En un auto notificado este miércoles, la sección cuarta de la Audiencia madrileña revoca parcialmente la decisión de archivar el caso tomada en noviembre de 2010 por el juez Adolfo Carretero, y ordena a este proseguir las investigaciones en lo que se refiere a los viajes al Mundial de Corea y Japón y “a la justificación de las partidas de la cuenta de caja relativas a dietas y gastos de viajes”.

Además de Villar, el auto dispone la imputación por estos hechos del administrador general de la RFEF, José María Castillón; del vicepresidente económico Juan Antonio Padrón; del miembro de la Junta Directiva Antonio Borrás; y del vicepresidente Juan Espino.

La reapertura del caso es consecuencia del recurso de apelación interpuesto contra el archivo por el vicepresidente segundo de la Liga de Fútbol Profesional, Javier Tebas, que fue quien en 2003 interpuso una denuncia contra Villar, Padrón y otros directivos de la RFEF por los presuntos delitos de apropiación indebida, administración desleal y falsedad documental.El tribunal justifica la reapertura de la causa en las conclusiones de un informe elaborado por dos peritos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Informe deficiente

Ese informe señala que la justificación de los viajes realizados con fondos de la RFEF “es deficiente” y que la manera de facturarlos “era caótica”. Así, según Hacienda, algunas facturas eran emitidas “con un retraso de años”, mientras que en otras ocasiones faltaba en las facturas -cuyo pago la RFEF “demoraba mucho”- el detalle necesario para conocer “el desglose de los gastos en que incurrieron los acompañantes de los federativos”. “Puede aventurarse que los gastos de viaje de los acompañantes de determinados miembros o directivos de la RFEF eran abonados con fondos de ésta y que no estaba previsto que tales desembolsos fueran luego a ser reintegrados al patrimonio de la Federación”, dice el auto. La Audiencia destaca el hecho de que, una vez que se conoció por la prensa el abono de gastos de viaje de familiares o acompañantes de determinados directivos, algunos de los imputados comenzaron a abonarlos “de forma precipitada y desordenada”. Eso “viene a indicar, de un lado, que no se había acordado por el órgano federativo competente que esos gastos de viaje a familiares o acompañantes fueran abonados con cargo al patrimonio de la Federación y, de otro lado, que los imputados conocían que el abono de esos gastos por la Federación era cuando menos irregular”.

“Es claro que procede la continuación de la causa (...), pues existen indicios que conducen a la razonable probabilidad de que los imputados que ostentaban cargos en la RFEF puedan haber incurrido en un delito de apropiación indebida o en un delito societario de administración desleal”, señala el tribunal.

La conducta atribuida a los imputados “sí generaba el perjuicio requerido por los tipos penales que pudieran resultar aplicables, pues es evidente que el pago de los gastos de viaje de los familiares o acompañantes de los cargos federativos suponía una directa detracción de fondos de la RFEF, con el consiguiente y directo perjuicio al patrimonio de ésta”, añade.

El fiscal se había opuesto a la reapertura de la investigación argumentando, entre otras cosas, que la RFEF es una entidad asociativa privada, pero la Audiencia recuerda que el Código Penal no exige “que las conductas delictivas recaigan sobre fondos públicos o entidades públicas”.
 

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