Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)
este sábado, hoy entra en vigor la orden del Ministerio de
Hacienda por la que se aprueba el modelo de autoliquidación
y de solicitud de devolución de las nuevas tasas judiciales.
La orden establece la forma, plazo y procedimientos de
presentación de los formularios, tanto de autoliquidación
como de solicitud de devolución por solución extrajudicial
de tasas, que se podrán presentar en un plazo de cuatro años
desde el momento que la resolución sea firme. Sin embargo,
las devoluciones no se podrán solicitar hasta el 1 de abril
de 2013, ya que, según fuentes de Justicia consultadas por
Efe, será ese día cuando estén plenamente interconectadas la
sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y la oficina judicial para que esta transmita
telemáticamente a la primera la información que requiere
para proceder a la devolución.
La Ley que regula las tasas grava la interposición de la
demanda en toda clase de procesos declarativos y de
ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales, así como en
la interposición de recursos de apelación contra sentencias
y de casación.
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