La Ciudad Autónoma cuenta ya oficialmente con un nuevo
Reglamento de Alojamiento Alternativo que será valido a
partir del día 10, tras la publicación del mismo, ayer, en
el Boletín Oficial de la Ciudad. Esta norma ha introducido
algunos cambios en la fórmula para ofrecer ayudas económicas
al alquiler para los solicitantes de esta prestación, entre
ellas, la necesidad de acreditar unos ingresos regulares.
El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma recogía ayer la
publicación del nuevo Reglamento de Alojamiento Alternativo,
una norma que entrará en vigor el próximo día 10 según
informa el BOCCE, tras el desarrollo de esta normativa por
parte de la Consejería de Asuntos Sociales y su paso por
distintas fases de exposición pública, consulta con la
oposición y aprobación final en el Pleno de la Asamblea,
momento tras el cual se ha hecho efectiva legalmente. El
nuevo reglamento, que establece las condiciones sobre las
cuales trabajará el área de Asuntos Sociales a la hora de
prestar ayudas sociales relacionadas con la vivienda,
incluye notorias novedades sobre este procedimimento, como
el requisito de que los solicitantes de ayuda al alquiler
tengan, entre otras condiciones, una fuente regular de
ingresos. Esta ha sido una de las cláusulas que, a lo largo
del desarrollo de esta norma, ha generado más polémica,
siendo criticada tanto por el grupo parlamentario de la
oposición Caballas como por el PSOE, si bien dada la mayoría
del PP en el Gobierno, no ha supuesto rectificación por
parte del mismo. Aún así, no tendrán que acreditar esta
condición, así como la necesidad de estar empadronado en
Ceuta durante dos años antes de solicitar esta ayuda quienes
trasladen su domicilio ala ciudad “por ser víctimas de
violencia de género o por razones laborales”. En este
sentido, “se reputará la existencia de estas razones cuando
el solicitante del titular del contrato acredite haber
iniciado una relación laboral de al menos 3 meses en Ceuta,
dentro de los últimos 12 meses inmediatemente anteriores a
la solicitud de la ayuda.
Será requisito para obtener esta ayuda ser titular de un
contrato de arrendamiento y responder a unos criterios de
ingresos que no superen al 1,5 del IPREM en unidades
familiares de un sólo miembro, 2 veces el IPREM para 2 a 3
miembros; 2,5 veces el indicador para familias de 2 a 5
miembros o, si son más de 5, no más de 3 veces el IPREM.
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