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deportes - MIÉRCOLES, 24 DE OCTUBRE DE 2012


el técnico álvaro pérez. archivo.

Fútbol / tercera división grupo X
 

El Ceuta insiste en que su primer entrenador es Álvaro Pérez

La Federación de Fútbol de Ceuta se niega a diligenciar la ficha como Primer Entrenador de D. Álvaro Pérez ante las denuncias de Luque y Trola. Ante la actuación de la FFC, el club ha puesto en conocimiento de la situación tanto a la Federación Andaluza como la Real Federación Española de Fútbol
 

CEUTA
El Pueblo

deportes
@elpueblodeceuta.com

El Ceuta se ratifica en la nulidad de los contratos de Antonio Luque y José Trola como técnicos del equipo y confirma, por enésima vez, que su primer entrenador, desde el pasado mes de agosto, y así hace constar en las alegaciones presentadas, es el entrenador canario Álvaro Pérez. Luque y Trola han denunciado en diversas ocasiones al conjunto ceutí y a su técnico ante el Juez de Competición de la Real Federación Andaluza de Fútbol.

El Ceuta ha presentado las oportunas alegaciones y ha aclarado la situación de su entrenador Álvaro Pérez antes las denuncias presentada por Antonio Luque que considera que el Club y el técnico deberían ser sancionado por estar realizando funciones de primer entrenador pese a tener licencia de segundo, tras la negativa de la FFC a deligenciar la licencia de E1 a Álvaro Pérez.

Hechos

Con fecha 12 de Agosto el club comunica a la Federación de Futbol de Ceuta que “se han encontrado anomalías por parte del club en los citados contratos y que proceda a entregarnos la documentación puesto que las fichas de los técnicos fueron diligenciadas personalmente por ellos sin conocimiento de esta Junta Directiva”.

El día 13 de Agosto la FFC comunica al club que no existe ninguna anomalía en los contratos y que los cánones han sido satisfechos personalmente por los propios interesados.

Posteriormente con fecha 23 de Agosto, el club comunica a la Federación de Fútbol de Ceuta la improcedencia de la diligencia de las fichas de dichos entrenadores tanto por la deuda que este club tenía con la presente Federación como por la incompatibilidad existente por su condición de funcionarios con el puesto de entrenador, así como por errores en la tramitación de la licencia.

En definitiva, por parte del club se expone a la Federación territorial competente para la expedición de la licencia, esto es, la Federación de Fútbol de Ceuta, que de acuerdo a Derecho y a la Reglamentación de la propia Federación de Fútbol de Ceuta, no debieron nunca proceder a diligenciarse dichas licencias.

Adicionalmente, se le expone a la citada Federación Territorial de Ceuta, que de no proceder a la correcta diligencia de la licencia del correcto entrenador Álvaro Pérez, “generaría la imposibilidad de garantizar por parte del club la asistencia del Entrenador Principal a los partidos, contraviniendo así la normativa federativa, concretamente el art. 159.1 párrafo 2º del Reglamento de la RFEF que obliga a los entrenadores a sentarse en el banquillo”.

Ese día se persona el Presidente del Club, en las oficinas de la Federación de Fútbol de Ceuta. En dicha oficina se diligencia la ficha de Álvaro Pérez como Entrenador Asistente, indicando la voluntad del club de que ya resuelta la situación de los anteriores técnicos, Álvaro Pérez ocupe el puesto de entrenador. Hecho al que se niegan rotundamente los trabajadores de la propia Federación, entre ellos, el hermano del Entrenador Principal saliente Manuel Luque.

Con fecha 24 de Agosto de 2012, el Presidente del Comité de Entrenadores de Ceuta, el señor don Sergio Ramos Peula informa al club de lo siguiente: “Informarle que en caso de querer dar de alta a D. Álvaro Pérez Domínguez con el cargo de entrenador (E), o deberá destituir o en el mejor de los casos llegar a un acuerdo con el entrenador vigente D. Antonio Luque Ríos”. Siguiendo las indicaciones de dicho comité, el mismo día 24 de Agosto del año 2012, el club comunica a Antonio Luque y a José Muñoz Trola la existencia de vicios en dichos contratos y presuntas irregularidades en las que se encontraban sus contratos, por lo que entendiendo el club que podrían incurrir en causa de nulidad, se resolvían sus respectivos contratos.

Con fecha 6 de septiembre, siguiendo las instrucciones del Presidente del Comité de Entrenadores de Ceuta se comunica a la Federación de Fútbol de Ceuta la no existencia de relación contractual con Luque y Trila con la petición expresa de que se diligencie la ficha de Álvaro Pérez como Primer Entrenador. Ante la negativa y la imposibilidad de diligenciarla el club pone en conocimiento de la situación tanto del Comité entrenadores de la Real Federación Española de Fútbol como de la Andaluza

Con fecha 8 de Septiembre el club vuelve a requerir a la Federación de Ceuta literalmente: “para evitar cualquier tipo de sanción federativa, en virtud del artículo 160 del Reglamento General 2012, respecto de las vacantes, este club le comunicó y le reitera la intención expresa e inequívoca de que el señor Álvaro Pérez Dominguez ocupe el puesto de Entrenador Principal del Club Atlético de Ceuta.” Así, con fecha 17 de Septiembre, el Comité Técnico de Entrenadores de la Federación de Fútbol de Ceuta reconoce expresamente “tener conocimiento de sus destituciones por parte del club”.

Hasta la fecha de hoy la FFC no ha querido diligenciar la ficha de Álvaro Pérez como Entrenador Principal, entiendo el club que una de las diversas causas por las que se niegan a hacerlo es como motivo de presión, concretamente por parte de uno de los trabajadores adscritos a dicha Federación, concretamente al Comité de Entrenadores, que es a su vez familiar (hermano) del entrenador saliente Antonio Miguel Luque Rios.

ALEGACIONES

El club alega “incompatibilidad manifiesta los dos técnicos por su condición de funcionarios para ejercer la labor de entrenador de acuerdo con la Ley 53/1984 de 26 Diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración”, ya que dichos trabajadores pertenecen al cuerpo de bomberos de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Se le ofreció a los mismos que presentaran informe de compatibilidad, no siendo aportado en ningún momento por los mismos.

Según los argumentos del club, dicha incompatibilidad es conocida por los mismos técnicos siendo prueba de ello que en el propio contrato que firma, en concreto Antonio Luque, en las observaciones expone lo siguiente: “Que por su condición de Funcionario cuando no pueda asistir a un partido lo hará su segundo entrenador”.

Este hecho conlleva la imposibilidad de garantizar el cumplimiento del art. 159.1 párrafo 2º del Reglamento de la RFEF. ya que el puesto que desempeñan es el de Bombero y las obligaciones derivadas del mismo como turnicidad, localización, disponibilidad, no garantizan la dedicación que el puesto de entrenador requiere por lo que ante una supuesta incomparecencia de éstos, el club podría incurrir en sanción disciplinaria.

Álvaro Pérez, 1º Entrenador

Desde el primer partido de Liga de Tercera División Grupo X, esto es, el 25 de Agosto del año 2012, el Entrenador Principal ha sido Álvaro Pérez, como demuestra que las actas arbitrales de los partidos están firmadas por el mismo. Queda demostrado de manera palmaria la intención del Club en todo momento de cumplir con la normativa federativa incluso llegando a advertir de manera expresa que la situación creada por la propia Federación de Fútbol de Ceuta.

La negativa sistemática de la Federación de Fútbol de Ceuta a diligenciar la ficha de Álvero Pérez como Entrenador Principal, ha sido tanto en persona, por medio de sus trabajadores como por escrito poniendo cada vez una excusa diferente que en nada correspondía con la realidad vigente.

La actuación del club siempre ha ido encaminada a la correcta aplicación de las normas federativas evitando cualquier tipo de sanción. Tal es así que ante la actuación de la Federación de Fútbol de Ceuta, el club puso en conocimiento de la situación tanto a la Federación con potestad disciplinaria en la Competición (la andaluza) como la Real Federación Española de Fútbol.

Solicitud

Atendiendo a los hechos relatados el club solicita tanto a la Federación Andaluza como a la Real Federación Española de Fútbol que declare la nulidad de los contratos presentados por Antonio Luque y José Trola y ordene a la Federación de Fútbol de Ceuta a diligenciar con carácter retroactivo a 24 de Agosto del año 2012, la licencia de Álvaro Pérez como Entrenador Principal. El solicita así mismo que se depure con la propia Federación de Fútbol de Ceuta, responsable de la diligencia de las licencias para los clubes adscritos a la misma, cualquier sanción que pudiera acarrear el comportamiento mostrado durante todo el procedimiento por parte de la misma, privando de el buen funcionamiento a la competición, alterando los principios de colaboración y Juego Limpio inherentes al Deporte (amparados por la Ley del Deporte)
 


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