J.A.P.R. fue condenado ayer a pagar una multa de 720 euros
por un delito de estafa en grado de tentativa. Los hechos
por los que se le juzgaron se remontan a abril de 2008
cuando el imputado se hizo con las claves bancarias de su
víctima a través de un correo electrónico donde suplantó la
identidad del Banco Popular. Tras conseguir las contraseñas,
el acusado realizó una transferencia a su cuenta de 20.150
euros.
Las claves bancarias fueron la llave para que J.A.P.R.
pudiera acceder a la cuenta de un tercero y realizar una
transferencia a su cuenta por valor de 20.150 euros. Pero
para obtener los datos, primero el imputado envió un correo
electrónico al perjudicado (J.C.) en el que suplantó la
identidad del Banco Popular y le solicitó las claves de su
cuenta. Los hechos tuvieron lugar el 18 de abril de 2008 y
tras conseguir los datos personales del perjudicado, el
imputado acudió a la entidad bancaria tres días después para
abrirse una cuenta. Una vez que contaba con su propia
libreta, J.A.P.R. sólo tuvo que acceder por internet a la
cuenta de su ‘víctima’ y ordenar una transferencia por valor
de 20.150 euros. Cuando el plan se encontraba a punto de
llegar a su fin y el imputado se disponía a retirar el
dinero, este se encontró con la oposición de la entidad y
fue detenido en la sucursal del banco. En ese momento le
acompañaba la que por entonces era su pareja y que ayer
acudió como imputada al juicio que tuvo lugar en el Juzgado
de lo Penal número uno. J.A.P.R. reconoció los hechos, pero
desvinculó a su ex pareja (M.P.H.) de los hechos y ella negó
conocer el propósito del imputado cuando se dirigían al
banco.
Finalmente, el acusado se conformó con la pena que para él
solicitaba el Ministerio Fiscal: una multa de 720 euros por
un delito de estafa en grado de tentativa, ya que el
imputado no llegó a retirar el dinero.
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