La memoria de la Fiscalía General del Estado sobre la
actividad judicial en 2010 señala como la Audiencia
Provincial en Ceuta es la que mayor parte de las sentencias
absolutorias ha dictado respecto a los acusados que portaban
en sus vehículos a personas que pretendían entrar
ilegalmente en España, valiéndose de documentos falsos, los
cuales eran presentados por el inmigrante o por el acusado.
Según explica el informe, en las sentencias se hace
referencia a las vehementes sospechas que existen sobre el
conocimiento del acusado de la falsedad de los documentos
presentados, pero consideran insuficientemente acreditado
ese extremo y, consecuentemente, por falta de otros
elementos de prueba, se dictan sentencias absolutorias por
no haber quedado destruida la presunción de inocencia”.
Este caso se dio ayer en la Sala de la Sección Sexta de la
Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta en la que un acusado
por un delito contra los derechos de los extranjeros terminó
siendo absuelto tras la vista, en la que no se obtuvieron
pruebas suficientes para condenar al imputado. En la mayoría
de los casos, el inmigrante es expulsado del territorio
nacional y ni siquiera acude a testificar a la vista.
Cuando el extranjero viaja como copiloto y no oculto en
algún doble fondo o incluso en la guantera, el imputado
alega desconocer la falsedad del documento de residencia que
suelen presentar los inmigrantes.
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