El Juzgado de lo Social nº1 de Ceuta falló ayer a favor de
los tres trabajadores que fueron despedidos por la Ciudad y
que se encontraban adscritos al Plan de Acción de la Ciudad
Autónoma de Ceuta para la acogida e integración social de
inmigrantes gracias al convenio existente entre la
Administración y el Ministerio de Trabajo desde 2008. La
sentencia resalta que la Ciudad cometió despido improcedente
y insta a la misma a readmitir a los trabajadores a su
puesto de trabajo en las mismas condiciones que venían
disfrutando antes del despido o a indemnizarlos con 12.370
euros a cada uno de ellos.
CSI-F recibió ayer la sentencia de la denuncia interpuesta a
la Ciudad por el despido improcedente de Isabel Larios
Chaves, Mercedes Caro de los Rios y Vicente Segura Suárez,
trabajadores adscritos al convenio que la Administración
local maniene desde 2008 con el Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales y que viene a suponer alrededor de un
millón de euros anuales, de los cuales el 37% lo abona el
Estado y el resto es sufragado por la Ciudad.
La sentencia, que puede ser recurrida por la Ciudad en un
plazo máximo de cinco días, considera probado el despido
improcedente de los tres trabajadores que cursaron la
denuncia a travésde CSI-F y dicta la readmisión de los
trabajadores a su puesto de trabajo en las mismas
condiciones que venían disfrutando antes del despido o que
les abonen en concepto de indemnización a cada uno de ellos
la cantidad de 12.370 euros, y en su caso, los salarios de
tramitación. De los tres afectados, tan sólo uno de ellos,
Vicente Segura Suárez, podrá decidir si vuelve a su puesto
de trabajo o por el contrario prefiere ser indemnizado con
12.370 euros ya que es miembro del Comité de Empresa.
El presidente de CSI-F en Ceuta, Ricardo Martínez, mostraba
su satisfacción por el fallo emitido desde el Juzgado de los
Social nº1, ya que no sólo se reconoce que la Ciudad
despidió de forma improcedente a estos tres trabajadores
adscritos al convenio existente entre el Ministerio de
Trabajo y la Ciudad Autónoma, sino que también deja claro
que este convenio afecta a otras veinte personas y que
existe ya una jurisprudencia y la Administración deberá
pensárselo antes de despedir a cualquiera de ellos, ya que
como destaca la sentencia deberían ser indemnizados.
Los tres trabajadores afectados fueron contratados en agosto
de 2008 por la Ciudad bajo la modalidad de contrato laboral
a tiempo completo de obra o servicio determinado dentro del
Plan de Acción de la Ciudad Autónoma de Ceuta para la
acogida e integración social de inmigrantes.
Entre las pruebas determinantes y en las que el juez se ha
basado para fallar a favor de los tres trabajadores está la
vigencia del convenio existente entre la Ciudad y el
Ministerio de Trabajo al no haber sido denunciado
expresamente por ninguna de las partes, de ahí que la
prórroga de tres meses que los tres trabajadores firmaron a
diferencia de los otros veinte trabajadores que firmaron por
el año completo no la considera justificada alegando que la
presunta inexistencia de las subvenciones otorgadas por el
Estado Central a tenor del convenio, no supone la
desaparición de la actividad desarrollada por el mismo, por
lo que no es suficiente para entender cumplido el objeto del
contrato la falta de subvenciones.
Además, el juez asegura que la causa alegada por la Ciudad
Autónoma para reducir la prórroga a estos tres trabajadores
frente a los otros veinte, constituye una suerte de despido
económico encubierto y por lo tanto, entender que ha
finalizado el contrato por expiración natural del tiempo no
es aceptable entre otras cosas porque los contratos
temporales por obra o servicio determinado lo relevante es
el mantenimiento o no del mismo y no el tiempo inicialmente
previsto.
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Los trabajadores del convenio ME-Ciudad también podrían
beneficiarse
El presidente de CSI-F en Ceuta,
Ricardo Martínez, quien valoró la sentencia y la
tranquilidad que la misma le ofrece no sólo a los tres
trabajadores demandantes sino también al resto de los
trabajadores del Plan de Acción de la Ciudad Autónoma de
Ceuta para la acogida e integración social de inmigrantes,
también incidió en que esta sentencia también podría
aplicarse de darse algún despido en el convenio que la
Ciudad Autónoma tiene con el Ministerio de Educación y al
que se encuentran adscrito un total de 85 trabajadores.
Martínez afirmaba a EL PUEBLO que las características de los
contratos son iguales y que de producirse algún despido
entre el personal adscrito al convenio ME-Ciudad Autónoma,
también podría considerarse improcedente.
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