El Ingesa valora el Real Decreto Ley que entra en vigor hoy
y asegura que viene a “poner fin a los abusos del turismo
sanitario”. Explica cómo se regulará la atención a
inmigrantes, que seguirán recibiendo asistencia por
urgencias. En cuanto a la objeción de conciencia, destacan
que al médico le es ajena la facturación.
A un día de que entrase en vigor el Real Decreto-ley
16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar
la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la
calidad y seguridad de sus prestaciones, el Ingesa
(Instituto Nacional de Gestión Sanitaria) se pronunció ayer
sobre estas medidas, a través de una nota de prensa.
Su entrada en vigor, hoy, junto con el Real Decreto
1192/2012 de 3 de agosto, normaliza la condición de
asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia
sanitaria. A ese respecto, el Ingesa expone “los aspectos
más relevantes del marco normativo con el que se definen los
supuestos de acceso al derecho a la asistencia sanitaria
pública y se regula un mecanismo de reconocimiento de dicha
condición”.
En este sentido, aseguran que el Real Decreto Ley 16/2012
“ha venido a poner fin a los abusos del turismo sanitario
que se venían produciendo por parte de ciudadanos de otros
países”. Así, el Ingesa explica en la nota que el Tribunal
de Cuentas denunció que España había gastado de las arcas
públicas casi 1.000 millones de euros, sólo en 2009, por la
asistencia médica y de farmacia dada a más de 700.000
ciudadanos extranjeros, “montante que debería haber sido
abonado por sus países de origen, al igual que sucede a los
españoles cuando viajan al extranjero (desplazados,
turistas, estudiantes Erasmus, etcétera)”.
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sanidad
de 1986, artículo 16, el Sistema Nacional de Salud “debe
facturar la asistencia sanitaria prestada a personas que no
estén comprendidas dentro del mismo”. A tal fin, y en estos
casos, los Servicios Autonómicos de Salud facturarán por la
asistencia sanitaria prestada.
“Cabe puntualizar que los extranjeros en situación irregular
que no tengan suscritos convenios, y a cuyos países no se
pueda facturar su asistencia, recibirán asistencia sanitaria
en casos de urgencia, ya sea por enfermedad o por accidente,
hasta el alta médica, a criterio del facultativo”, explican.
Además, recibirán los cuidados en los casos de embarazo,
parto y postparto. Asimismo, está garantizada la asistencia
para los extranjeros menores de 18 años en todos los casos y
en las mismas condiciones que para los españoles. Así, este
Gobierno garantiza por ley una cobertura sanitaria básica
para personas en situación irregular, similar, y en algunos
casos “más amplia, que la mayoría de los países europeos”.
En cuanto a las personas en situación irregular con
enfermedades crónicas cuyo tratamiento resulte vital, será
“el criterio del médico el que determine la urgencia; de lo
que se denota que nadie se quedará sin un tratamiento del
que dependa su vida”. Al igual ocurre con enfermedades como
el VIH/sida o la tuberculosis, a través de programas ya
implantados de salud pública. Estos programas, destinados a
vacunaciones o al tratamiento de enfermedades transmisibles,
no están ligados a la tarjeta sanitaria. “Pretender sembrar
inquietud entre la población por este motivo carece de
fundamento, no parece razonable y es de todo punto
rechazable”, destaca el Ingesa, desde donde explican que las
comunidades autónomas “tienen un amplio margen de actuación
para implementar, a través de la red de servicios sociales y
programas de cooperación, mecanismos de ayuda para personas
que no cuenten con la tarjeta sanitaria y no pueden hacerse
cargo del abono de la asistencia sanitaria”.
Por otro lado, el Ingesa puntualiza que la objeción de
conciencia planteada por algunas agrupaciones de médicos
“carece de fundamento”. “A un médico nadie le va a exigir
que niegue la atención a un paciente. Médicos y enfermeros
atienden a todo usuario que requiere sus servicios, ya que
tienen el deber profesional de hacerlo. A ellos les es ajena
la gestión de una posible facturación, que depende de las
unidades administrativas de los Servicios de Salud”,
apuntan, y agregan: “Y es que, el objetivo de fondo de esta
normativa, no es más que el de facilitar una gestión
sanitaria eficiente de recursos públicos, en beneficio de
todos los contribuyentes”.
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Delegación confirma que habrá Sanidad para el CETI
“Tengo que leer exactamente los
términos del acuerdo, pero la sanidad para los residentes
del CETI queda prácticamente igual”. De este modo,
confirmaba ayer el delegado del Gobierno, Francisco Antonio
González Pérez, lo que el director del Centro de Estancia
Temporal de Inmigrantes explicaba a este medio en su edición
del viernes. Los inmigrantes del CETI continuarán recibiendo
prestación sanitaria de Atención Primaria en el centro, así
como Atención Especializada e intervenciones quirúrgicas por
parte del Ingesa. El delegado ha explicado que el Real
Decreto afecta más al “inmigrante irregular que no se
encuentra sometido a ninguna ‘reclusión’, sino deambulando
por la península”, y que por lo tanto, esa situación no se
da en la ciudad autónoma. “Ese ámbito está en Ceuta
controlado”, explicó el delegado, quien agregó que también
estará cubierta la asistencia de urgencias si una persona de
Marruecos sufre un accidente en la ciudad. Así, agregó que
con este decreto “no se debe generalizar” y que sirve para
evitar “que se abuse”.
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