Una de las funciones de Sanidad Exterior, dependiente del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, es la
Policía Mortuoria, que se encarga del control de cadáveres y
restos humanos en transito internacional de Ceuta a
Marruecos o de Marruecos a Ceuta, según explica el director
de dicho organismo, Mario Sánchez Moreno. Durante 2011 se
atendieron 17 casos, y en lo que llevamos de año, cinco. El
cadáver debe ir embalsamado, en una caja especial de
transporte y con el féretro sellado.
La labor más conocida de Sanidad Exterior, dependiente del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, es el
asesoramiento a los viajeros internacionales antes, durante
y después de los viajes, así como la vacunación en los
centros de vacunación oficiales, que en el caso de Ceuta se
ubica en el Puerto. Sin embargo, este organismo tiene otras
funciones más desconocidas para el público, como es el
trabajo de la Policía Mortuoria.
Este apartado se dedica al “control de cadáveres y restos
humanos en transito internacional de Ceuta a Marruecos o de
Marruecos a Ceuta”, según explica el director de Sanidad
Exterior, Mario Sánchez Moreno. Se trata de las personas
españolas que mueren en Marruecos o de los marroquíes que
mueren en Ceuta y deben ser trasladados a su país de origen.
“Los cadáveres deben venir embalsamados y con certificados
de defunción. El ataúd debe estar en todo momento
controlado, cotejado y autorizado”, apunta el director,
quien explica que sin esa autorización, no se permite el
paso en la frontera.
Durante el año 2011 se atendieron 17 casos, y en lo que
llevamos de año se han dado cinco intervenciones de este
tipo.
Procedimiento
“Somos una ciudad fronteriza, y hay muchas personas que
mueren en Ceuta y quieren ser enterradas en Marruecos,
porque son de origen magrebí, o bien que son de Ceuta y
mueren en Marruecos; por ello, hay una legislación de
Policía mortuoria puesto que las personas pueden haber
muerto de enfermedades que no permiten su traslado porque
pueden propagar una enfermedad. Así que tenemos que
determinar antes de dejar salir del país de qué ha muerto y
corroborar que no supone ningún riesgo”, explica Isabel
Revilla, doctora del servicio.
La médica explica que el cuerpo debe ir embalsamado, en una
caja especial de transporte y con el féretro sellado “para
que nadie pueda abrirlo en el camino”. Este trabajo está
coordinado por la funeraria, que es la que pide el permiso.
“Debe traer permiso de enterramiento, la documentación si se
ha hecho autopsia, certificado médico de defunción, permiso
del juez, matrícula del coche en que va a pasar la frontera,
y los permisos del otro pais de que va a ser enterrado”,
agrega.
En Marruecos, de estos trámites se encarga el consulado, que
es quien recibe la documentación. Un funcionario de dicho
organismo debe certificar y poner un lacre del consulado.
“Nos desplazamos a la frontera para ver que está todo
correctamente. No pensamos muchas veces que pueda ser un
problema sanitario, pero si ha muerto de una enfermedad que
supone riesgo, necesita incineración o cualquier medida
sanitaria en el lugar donde se ha producido el
fallecimiento”
Sanidad Exterior también se encarga de la vigilancia y
control de desembarco de enfermos en tránsito nacional, con
abanderamiento internacional; esto es, si por mar llegan
enfermos de riesgo de países de fuera de la Unión Europea.
“El médico de Sanidad Exterior activa una alerta, comprueba
qué síntomas tiene y activa protocolos”, explica Sánchez
Moreno.
Hay guardias sanitarias localizados las 24 horas para avisos
de alertas, accidentados o Policía mortuoria. Tienen
carácter de agente de seguridad pública sanitaria, lo que
significa que si la gravedad lo requiere pueden paralizar la
actividad o el medio de transporte, según establece la Ley
General de Salud Pública.
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Un trabajo “muy silencioso” para no crear alarmas sociales
Sanidad Exterior realiza
actividades en materia de vigilancia y control de posibles
riesgos para la salud, derivados de la importación,
exportación, tránsito de mercancías y del tráfico
internacional de viajeros, según establece la Ley 14/86 de
la Ley General de Sanidad. Actúa en transporte de personas,
de mercancías y de cadáveres y siempre bajo un principio:
“La máxima seguridad con las mínimas trabas: prevenir la
propagación internacional de enfermedades, proteger y
controlar la salud pública y dar una respuesta proporcionada
a los riesgos de salud pública que puedan existir en ese
momento”. Es, según explica el director del área, un trabajo
“muy silencioso” a fin de evitar alarmas sociales.
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