No suele ser habitual la celebración de vistas orales
grabadas en los juzgados de lo Penal en cuanto a delitos
contra la salud pública. En este caso así se hizo porque una
mujer quería declararse culpable de tratar de introducir en
la península algo más de tres kilos de hachís sin que su
pareja lo supiera. Dadas las circunstancias, el juez titular
de lo Penal número 2 dictó sentencia ‘in voce’ condenando a
la mujer y absolviendo al hombre. Por otra parte,
prácticamente todo el resto de sesiones que tuvieron lugar
por la mañana estuvieron dedicadas también a delitos de
droga. Todos los acusados fueron condenados a prisión.
A pesar de que lo habitual en los juzgados de lo Penal sea
que los delitos contra la salud pública -tráfico de drogas-
se vean con rapidez y con conformidad en las partes, ayer se
celebró un juicio grabado que concluyó con una sentencia
condenatoria para una mujer y una absolutoria para su
pareja.
Katum S. se declaró culpable y exculpó a su pareja, Abudou
G., el cual desconocía que la mujer pretendía viajar a la
península en el coche propiedad del hombre, transportando
una cantidad significativa de hachís, concretamente 3.219,
04 gramos de hachís, con un alto índice de
tetrahidrocannabinol (principio activo del hachís), del
23,93%.
Los hechos ocurrían el día 8 de abril. Ambos se disponían a
embarcar hacia la península en el vehículo. Agentes del
Cuerpo Nacional de Policía detectaron la droga en el bolso
que portaba la mujer. El hombre desconocía este hecho. Se da
la circunstancia de que Katum es reincidente, por lo que la
pena, a pesar de que la cantidad no era demasiado grande
para lo que suele ser habitual, la condena fue alta.
En efecto, el juez titular de lo Penal número 2 de Ceuta
dictó sentencia ‘in voce’, condenando a la mujer a tres años
y nueve meses de prisión así como a una multa de 8.047
euros. Atendiendo a la recalificación de la petición fiscal
y al propio criterio del juez, el magistrado absolvió en el
mismo acto al otro acusado, que quedó en libertad e inició
gestiones para recuperar su vehículo.
También fue condenada a cuatro años una joven, Yoneida M.A.,
que fue hallada en posesión de 69,7 kilogramos de hachís.
Igualmente fue condenada a pagar una multa de 99.671 euros,
si bien en el caso de que no pueda hacer frente a la misma o
carezca de bienes embargables, podrá ser sustituida por tres
días más de prisión. Dado que la joven lleva presa en torno
a un año y nueve meses, lo cierto es que pronto podría
empezar a disfrutar de beneficios penitenciarios, en
concreto del tercer grado.
Más hachís llevaba aún Mohamed D., también juzgado ayer. En
concreto se le halló en posesión de nada menos que 87,5
kilogramos de hachís, cuando también -como todos los
condenados ayer- pretendía embarcar hacia la península con
la droga. Finalmente tendrá que hacer frente a una sentencia
de cuatro años de cárcel y una multa de 115.258 euros,
teniendo en cuenta la importancia del alijo que
transportaba.
Una cantidad importante de hachís llevaba también un joven
español, Juan José C.R., que fue condenado a tres años y dos
meses de prisión después de que se le hallara en posesión de
19,8 kilogramos de hachís. Una familiar suya se mostraba
desconsolada en los pasillos de la segunda planta del
edificio Ceuta Center, donde tienen su sede los juzgados de
lo Penal.
El joven también fue condenado a pagar una multa de 27.609
euros.
Jamal A. también deberá penar con tres años y cuatro meses
de prisión, por tratar de introducir en la península 27
kilogramos de hachís en su vehículo. Deberá hacer frente
igualmente a una multa de 36.398 euros, que podría sustituir
por tres días de prisión si se demuestra de que carece de
medios para pagarla.
Finalmente, la pena menor de las impuestas ayer por delitos
contra la salud pública fue para Ahmed A., quien fue hallado
en posesión de 5.908 gramos de hachís, cuyo valor fue
determinado en 8.212 euros.
En total fue condenado a tres años y un día de prisión, así
como al pago de una multa igual al valor de la droga.
También se le decomisó el vehículo de su propiedad donde
transportaba la droga.
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Absuelto de receptación y “conductas afines”
El titular del Juzgado de lo Penal
número 2 de los de Ceuta dictó ayer sentencia ‘in voce’
absolviendo a Karim M. de un delito de receptación y
conductas afines, en el procedimiento abreviado 186/2012. El
acusado, que no compareció al juicio aunque sí su abogado,
había sido interceptado por la policía el día 10 de abril de
este año conduciendo un vehículo que despertó sospechas a
los agentes. Se trataba de un Citroen Saxo. Un agente de la
Policía Nacional declaró que en el atestado que se llevó a
efecto no constaba ningún señalamiento de sustracción. El
hombre había comprado el coche por 300 euros en la frontera
de Marruecos un día antes y la tasación judicial del
vehículo es de 240 euros. Como no se pudo probar que era
robado, fue absuelto.
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