Se pusieron de acuerdo y fueron a por él. Al menos esto es
lo que se describe en el escrito de acusación del Ministerio
Fiscal en torno a tres hombres jóvenes, pero mayores de edad
en el momento de los hechos, que propinaron una brutal
paliza a un conocido con el que habían tenido alguna
rencilla previa. Los hechos ocurrían en septiembre de 2009,
en las inmediaciones del Instituto Huerta Téllez. Los tres
acusados arrojaron piedras de grandes dimensiones contra la
víctima y cuando ésta se encontraba en el suelo,
arremetieron contra él con puñetazos, patadas e incluso una
barra de hierro de grandes dimensiones.
El Ministerio Fiscal pedirá cinco años de prisión para cada
uno de los tres acusados de propinar una formidable paliza a
Hicham M.M., el día 15 de septiembre de 2009, en las
inmediaciones del Instituto Huerta Téllez. Además, se
solicita una indemnización para la víctima que se sitúa en
torno a los 36.600 euros y que deberían hacer efectiva de
forma solidaria los tres acusados.
Los acusados son Mohamed K. Homar M.M. y Sufian A. M., éste
último con antecedentes penales. Todos ellos, aunque
jóvenes, son mayores de edad.
El juicio se iba a celebrar ayer en la sala de vistas del
Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta, si bien finalmente no
pudo celebrarse por la incomparecencia de la propia víctima,
que además ejerce la acusación particular. Hicham M.M. se
encuentra actualmente en prisión por un delito que en
principio no tendría nada que ver con los hechos que serán
juzgados como delito de lesiones. Sobre las siete de la
tarde del citado día, y siempre según el escrito que en su
día remitió la Fiscalía al Juzgado de Instrucción número 5
de Ceuta, los tres acusados se pusieron de común acuerdo,
con ánimo de menoscabar la integridad física de HIcham M.M.
Era conocido de todos ellos y habían tenido alguna rencilla
anteriormente.
Pues bien, según la Fiscalía, se aproximaron a él cuando se
encontraba en las inmediaciones del citado Instituto Huerta
Téllez, lanzándole diversas piedras de gran tamaño que, al
alcanzarlo, propiciaron que cayera al suelo.
Una vez caído, se acercaron a él –siempre según el escrito
de la Fiscalía- y con igual ánimo común y aprovechándose de
la superioridad numérica que les brindaba actuar en grupo,
además de que la víctima se encontraba en el suelo con
escasas posibilidades de defenderse, comenzaron a propinarle
puñetazos y patadas en todo el cuerpo. En un momento de la
agresión, uno de ellos cogió una barra de hierro de grandes
dimensiones y le golpeó fuertemente en la parte derecha de
su cuerpo, alcanzándole el hombro y el brazo.
Como consecuencia de la agresión, Hicham M.M. sufrió
lesiones consistentes en contusión en pómulo izquierdo con
herida contusa, fractura supracondilea en húmero derecho
(cerrada y no desplazada), y contusión en muslo izquierdo.
Las lesiones, para su sanidad, requirieron, además de una
primera asistencia facultativa, tratamiento médico y
quirúrgico consistente en exploración, valoración,
tratamiento sintomático, reducción cerrada de fractura,
anestesia general, osteosíntesis y retirada de osteosíntesis.
Tardó 180 días en curar, todos ellos impeditivos para sus
ocupaciones habituales. En total, estuvo nueve días
hospitalizado.
A la víctima le quedan secuelas consistentes en artrosis
postraumática de codo/codo doloroso (valorable en rango
medio/superior) y perjuicio estético ligero, valorable en
rango medio.
Los hechos narrados, según el Ministerio Fiscal, constituyen
un delito de lesiones del artículo 148.1 del Código Penal,
en relación con el artículo 147.1 del mismo texto legal.
La Fiscalía se había dirigido en diligencias previas
751/2009 al Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta que
dieron lugar al procedimiento abreviado número 65/10,
interesando la apertura del juicio oral ante el Juzgado de
lo Penal en base a la gravedad del delito supuestamente
perpetrado por estas tres personas. Además de las lesiones,
también concurriría el agravante de abuso de superioridad,
ya que eran tres contra uno y la víctima estaba herida y
tirada en el suelo.
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La petición de la Fiscalía supone la pena máxima imponible
El delito de lesiones, según el
Código Penal, puede ser castigado con la pena de prisión de
dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o al
riesgo producido. En este caso, además, concurrre el hecho
de que la Fiscalía entiende que se incurre también en lo
previsto en el punto 1 del artículo 148 del citado texto
legal, que contempla dichas penas si en la agresión se
hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos,, medios,
métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o
salud, física o psíquica, del lesionado. En este caso se
podría aducir por parte del Ministerio Fiscal por ejemplo la
utilización de piedras de grandes dimensiones para derribar
a la víctima, a la que posteriormente se le golpeó con una
barra de hierro.
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