PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

 

economía - LUNES, 16 DE JULIO DE 2012


oficina de empleo de ceuta. archivo.

prestaciones
 

Los parados que reciben los 426 euros no los perderán por viajar al extranjero

En la ciudad hay 770 personas que perciben
la renta activa de inserción destinada a los desempleados de larga duración
 

CEUTA
V. Saura

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Gobierno ha establecido nuevos requisitos para otorgar la renta activa de inserción, o los famosos 426 euros, pero estos no afectarán a los que ya la perciben que podrán salir al extranjero sin perder la prestación. Sin embargo, los que la soliciten deberán pasar un año como demandantes de empleo y sin salir del país.

Desde el Ministerio de Empleo han salido a la palestra para aclarar la polémica que ha surgido en torno a si aquellos que reciben la renta activa de inserción de 426 euros pueden o no viajar al extranjero. Las alarmas saltaron cuando se interpretó que, tras los cambios anunciados por el Gobierno, los beneficiarios no podrían salir del país, pero técnicos de este ministerio han aclarado que los parados que viajen a terceros países no perderán “en ningún caso” la ayuda destinada a desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

El Gobierno ha explicado que los parados que ya estén cobrando esta prestación “tienen derecho a viajar en las mismas condiciones” que hasta ahora y confirma que no se ha producido “ninguna modificación” de este aspecto en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Nuevos requisitos

No obstante, los requisitos para recibir esta renta si que han cambiado. La modificación introducida en el Real Decreto-Ley afecta a las personas que viajen al extranjero a lo largo del año que es necesario estar inscrito previamente como demandante de empleo para recibir la prestación. “La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos. En los supuestos en que se interrumpa la demanda de empleo, se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la nueva inscripción”, dice el texto publicado en el BOE.

Eso sí, habrá excepciones y así lo explica Empleo. En el caso de que el solicitante deba viajar al extranjero por causas urgentes o de extrema necesidad no se interrumplirá la inscripción.

Según recoge Europa Press, la modificación introducida pretende evitar “situaciones de cobro irregular”. Por ello, se exigirá que durante el periodo de inscripción el solicitante busque “activamente empleo, sin haber rechazado ninguna oferta de trabajo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad”.

En la ciudad, existen 770 beneficiarios de esta renta activa de inserción. Personas que no perderán el subsidio de los 426 euros aunque viajen al extranjero. Una situación habitual en Ceuta dado que decenas de personas que cobran esta renta pasan la frontera con asiduidad. En junio, según los datos del ministerio, 108 personas solicitaron la renta activa de inserción y se tramitaron 69 altas. En total, Ceuta tiene 13.205 demandantes de empleo no ocupados.
 


El SEPE emite tres tipos de permisos para visitar otro país

El Servicio Público de Empleo Estatal recoge tres supuestos para viajar al extranjero sin que los beneficiarios de una prestación por desempleo la pierdan. En función de la duración del viaje y el país de destino, existen tres tipos de autorizaciones que se tramitan en las oficinas del SEPE. Si se trata de salidas ocasionales a un país no comunitario, por un tiempo máximo acumulado de 15 días al año, el beneficiario puede seguir cobrando la prestación siempre que lo comunique. Aquellos que viajan a Europa pueden solicitar la exportación de su protección por desempleo durante tres meses prorroglables. El tercer permiso es para aquellos parados que quieren volver a su país de origen. En este caso, los beneficiarios cobran en un solo pago la cuantía a la que tienen derecho a cambio de no volver a España durante tres años y perder la residencia española.
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto