Sólo once quejas se presentaron en 2011 en torno a las 6.482
actuaciones de los abogados en turnos de oficio registró el
Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta. A pesar de que el
citado órgano colegiado tiene facultades sancionadoras en
tanto a que vela por el cumplimiento del código
deontológico, lo cierto es que la Junta de Gobierno no
apreció que ninguna de las once quejas estuviera motivada
suficientemente, por lo que se archivaron todas. En el año
2011 no se efectuó ningún tipo de sanción por parte del
Ilustre Colegio de Abogados, tal y como refleja del
Observatorio de Justicia Gratuita 2011.
La justicia gratuita que ofrecen los abogados de Ceuta es de
alta calidad y prueba de ello es que de los 6.482 asuntos de
diverso orden que fueron tratados en el turno de oficio,
sólo se presentaron quejas por parte de los usuarios en 11
ocasiones, ninguna de las cuales fue debidamente motivada.
Así, el Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta, que tiene
potestad para abrir expedientes y en su caso sancionar a los
letrados colegiados, en el caso de que se hubiera faltado al
código deontológico, decidió archivar todas las quejas, por
no existir motivo alguno para ellas.
Así se refleja en el inventario de datos del Observatorio de
la Justicia Gratuita 2011, en lo referente a los datos de
Ceuta. Se registraron casos penales, civiles,
contencioso-administrativos, sociales, militares, recursos,
asuntos relativos a normas generales y procedimientos en
vías administrativas. Pues bien, en ninguno de los casos
hubo que sancionar a letrado alguno de los 97 que se ocupan
voluntariamente de los turnos de oficio y de guardia, esto
es, la justicia gratuita.
En torno a unas 12.000 personas fueron atendidas
gratuitamente por los abogados de oficio y de guardia
ceutíes, a lo largo de 2011. 5.970 fueron en tornos de
oficio. 4.382, fueron asistencias letradas a detenidos. 121
casos de violencia de género. 1.235 se adscribieron al
servicio de orientación jurídica. 496 en extranjería y
finalmente 16 casos correspondientes a asuntos
penitenciarios.
Aquellas personas que pretenden solicitar la asistencia
jurídica gratuita pueden acudir, sin coste alguno, al
Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados.
Allí pueden ejercer su derecho, que por un lado les brinda
la posibilidad de tener una atención adecuada, en
dependencias dignas y con horarios prefijados. Los usuarios
reciben información sobre los requisitos para el
reconocimiento del derecho a la justicia gratuita, tales
como los económicos, los documentos a presentar, los plazos,
etcétera.
Los ciudadanos que acuden al Colegio de Abogados reciben
asesoramiento y orientación previos al proceso que incluye
un análisis inicial sobre si el viable la pretensión que se
quiere ejercitar.
Por otra parte, los usuarios son auxiliados en la redacción
del modelo de solicitud de derecho. Igualmente se reconoce
el derecho a que se resuelva de forma expresa su solicitud
de asistencia jurídica gratuita, bien reconociendo o bien
denegando de forma provisional el derecho, así como que la
Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita dicte resolución
que confirme o revoque la del Colegio de Abogados.
También se puede impugnar judicialmente tal resolución si no
está de acuerdo con ella y se tiene derecho a ser informado
de las consecuencias de la denegación del derecho a la
asistencia jurídica gratuita.
Las personas que recurren a la justicia gratuita y así se
les reconozca dicho beneficio, tienen derecho al
nombramiento de abogado y procurador de oficio en
procedimientos en los que sea obligatoria su intervención.
Si la intervención letrada no fuera preceptiva, pueden
solicitar del juzgado que, motivadamente, interese del
Colegio de Abogados de Ceuta su designación
Es interesante saber que también el ciudadano puede acudir
al procedimiento con profesionales de su confianza, bien
abonándoles sus honorarios o bien renunciando éstos a su
cobro, sin perder el resto de los beneficios de la justicia
gratuita.
El profesional de oficio es designado por el Colegio de
Abogados y debe reunir los requisitos de experiencia y
formación exigidos.
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Los ciudadanos también tienen deberes ante la asistencia
La asistencia jurídica gratuita es
un servicio público que está financiado con fondos públicos.
En el caso de Ceuta, los emolumentos que perciben los
abogados del turno de oficio y de guardia son librados por
el Ministerio de Justicia, y la gestión se realiza a través
del Colegio de Abogados. Es por ello que los ciudadanos
deben saber que no se debe solicitar el beneficio de la
justicia gratuita en el caso de no cumplir los requisitos
legales establecidos y debe hacerse siempre sobre la base
del fiel reflejo de su situación económica real. El derecho
a la asistencia letrada gratuita debe utilizarse, pues, con
responsabilidad y con la finalidad de que puedan
beneficiarse del mismo todas aquellas personas que realmente
lo necesiten.
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