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sociedad - JUEVES, 12 DE JULIO DE 2012


Colegio de Abogados de Ceuta. archivo.

asociacion
 

El Colegio de Abogados celebra el Día de la Asistencia Gratuita

Los letrados de Ceuta darán a conocer las prestaciones que se ofrecen a los usuarios que no tienen medios para procurarse asistencia de defensa al no tener medios
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Como ya adelantó este diario, hoy, día 12 de julio, tendrá lugar la celebración del Día de la Asistencia Jurídica Gratuita, hecho por el cual el Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta ha programado distintas actividades con el objeto de dar a conocer a la población las ventajas que se ofrecen a los usuarios mediante este servicio. Además de una jornada de puertas abiertas, también se repartirán folletos informativos sobre dicha asistencia jurídica gratuita. Es más, la ONCE tiene previsto dedicar el cupón del día de hoy precisamente a la asistencia. A las 13.00 horas habrá, por otra parte, un acto solemne en el Colegio de Abogados.

El Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta dedicará el día de hoy a la celebración del Día de la Asistencia Jurídica Gratuita. Se trata de una cuestión muy importante, puesto que es una prestación que los ciudadanos que tienen unos ingresos por debajo de un mínimo estipulado, tienen la garantía de que ante cualquier problema legal pueden tener la seguridad de que tendrán un abogado para defenderles.

El asunto ya había sido avanzado por este diario, mediante el testimonio de la propia decana del Colegio de Abogados de Ceuta, Isabel Valriberas Acevedo, quien precisamente es una de los letrados que se prestan a cubrir turnos de oficio y guardias.

El Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta se une así a dicha celebración y de manera especial ha programado una serie de actividades que redundan en brindar información a los ciudadanos en torno a dicho servicio que se presta.

Durante toda la jornada se facilitará a todos los ciudadanos que quieran acudir al Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta información sobre dicha asistencia a la que tienen derecho.

Por otra parte, entre las 12.00 y las 14.00 horas, en la entrada del Palacio de Justicia, se repartirán folletos informativos y unos ‘pin’ conmemorativos del Día de la Asistencia Jurídica Gratuita. También colabora, por cierto, la ONCE y de hecho las personas que van a repartir los folletos estarán acompañadas por vendedores de la Organización Nacional de Ciegos de España. Ésto es así porque el cupón del día de hoy estará dedicado al Día de la Asistencia Jurídica Gratuita.

En torno a las 13.00 horas, en el salón de actos del Ilustre Colegio de Abogados tendrá lugar un solemne acto conmemorativo. Así, se dará lectura a un memorandum, en primer lugar, para continuar con la presentación y lectura de la Carta de los Derechos y Obligaciones del solicitante de justicia gratuita. Al tiempo, se presentará también el cupón de al ONCE conmemorativo del Día.

Finalmente, la decana del Ilustre Colegio de Abogados de Ceuta, Isabel Valriberas Acevedo, informará a todos los presentes y a los medios de comunicación sobre la organización y el funcionamiento de los turns de oficio y la asistencia jurídica gratuita en Ceuta.

Los derechos otorgados a los ciudadanos por los artículos 24 y 25 de la Constitución (RCL 1978, 2836) son corolario evidente de la concepción social o asistencial del Estado Democrático de Derecho, tal y como ha sido configurado por la norma fundamental. En lógica coherencia con los contenidos de estos preceptos constitucionales, y al objeto de asegurar a todas las personas el acceso a la tutela judicial efectiva, el artículo 119 del propio texto constitucional previene que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Con todo ello, la norma fundamental diseña un marco constitucional regulador del derecho a la tutela judicial que incluye, por parte del Estado, una actividad prestacional encaminada a la provisión de los medios necesarios para hacer que este derecho sea real y efectivo incluso cuando quien desea ejercerlo carezca de recursos económicos.

Suprimidas por la Ley 25/1986 (RCL 1986, 3892) las tasas judiciales, el núcleo de los costes económicos derivados del acceso a la tutela judicial viene determinado por la intervención en el mismo, por imperativo legal, en la mayor parte de las ocasiones, de profesionales especializados en la defensa y representación de los derechos e intereses legítimos. En efecto, son los honorarios de abogados, de procuradores y, en su caso, de cualesquiera otros profesionales.
 

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