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sucesos - SÁBADO, 7 DE JULIO DE 2012


sala de juicios. archivo.

tribunales
 

Los juzgados de lo Penal cumplen con el protocolo de conformidad

La mayoría de las vistas en los juzgados
de lo Penal de Ceuta concluyen con la anuencia de las partes implicadas
 

CEUTA
Redacción

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Los tribunales de Ceuta, fundamentalmente los de lo Penal, celebran numerosas vistas en las que prima la conformidad de las partes. Aunque se suceden fundamentalmente en vistas por delitos contra la salud pública, comienza a ser habitual el hecho de que las partes hablen antes de llegar a la sala de vistas, de forma que se agiliza enormemente el procedimiento judicial. Es un hecho de economía procesal.

La inmensa mayoría de las vistas orales que se celebran en los juzgados de lo Penal de Ceuta concluyen con conformidad, un hecho que cumple con la apuesta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla por establecer fórmulas protocolarias de esta forma de justicia.

En efecto, en las vistas de las salas 1 y 2 de lo Penal de Ceuta, suele ser habitual que los letrados, el Ministerio Fiscal y, en su caso las acusaciones particulares si las hubiere, dialoguen formalmente antes de la celebración de las vistas, hecho que agiliza enormemente el funcionamiento de la justicia, sin perder de vista el propio hecho a juzgar.

Normalmente se negocia con fundamento, aunque las posiciones son defendidas con rotundidad. Es así, claramente, en los juicios que se celebran en torno a personas que han cometido delitos contra la salud pública.

En general, los acusados son conscientes de que han cometido un delito que han de penar, por lo que se ajustan penas de cárcel más benévolas teniendo en cuenta el hecho de que las personas admiten su culpa. Evidentemente, hay agravantes que no pueden ser pasados por alto, como es el caso de la reincidencia en determinados tipos de delito.

En este sentido, se está cumpliendo muy mucho la recomendación realizada desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla en torno al tratamiento de los juicios por conformidad, que aun cuando fue difundida en mayo, ya se venía realizando como fórmula habitual en los juzgados ceutíes.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla hace una decidida apuesta por la protocolización de los juicios de conformidad para evitar los llamados “costes del mal funcionamiento de la Justicia”. Por este motivo, desde la Presidencia del TSJA se envió una carta a todos los presidentes de las Audiencias Provinciales de Andalucía con el fin de que comenzaran las reuniones de todas las partes implicadas para protocolizar los juicios de conformidad.

El significativo porcentaje de juicios de conformidad lleva a una conclusión obvia: se impone potenciar en el ámbito del TSJA el tratamiento de las conformidades en el orden jurisdiccional penal con base en el Protocolo de Actuación para juicios de conformidad, suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía Española con fecha 1 de abril de 2009. El objetivo es evitar perjuicios innecesarios para testigos y peritos, al tiempo que agilizar el trabajo de la oficina y, también, acortar el tiempo del resto de señalamientos.

Por ello, desde el TSJA se aconsejó la convocatoria al efecto por los presidentes de las respectivas Audiencias Provinciales, de reuniones con representantes de todas las instituciones implicadas (jueces de lo Penal, fiscales, abogados y secretarios), con la finalidad de consensuar el tratamiento de las conformidades en los Juzgados de lo Penal y el trámite procedimental a seguir para la agilización procesal en materia de conformidades en dichos Juzgados.

La puesta en práctica de una fórmula que permita lograr una notable agilidad en aquellas causas en que sea posible aplicar la conformidad, contribuye, en definitiva, a mejorar el funcionamiento de nuestra justicia penal, disminuyendo sensiblemente los señalamientos y evitando las disfunciones que supone citar a testigos y peritos que, por alcanzar las partes una conformidad, no llegan a entrar a juicio. De ahí la importancia de implicarse e instaurar un trámite procedimental que permita alcanzar la expuesta finalidad de mejora.

A ese respecto, desde la Presidencia del TSJA se apuntaron algunas sugerencias de actuación procedimental, sin perjuicio de lo que las partes afectadas consensúen y protocolicen en el marco de las reuniones. Serían, por un lado, el establecimiento de una comparecencia previa para conformidad, a solicitud del Ministerio Fiscal, en el propio escrito de calificación, evitando así cualquier atisbo de parcialidad o suspicacia.

Esta comparecencia, con citación tanto de la acusación como de los acusados y sus defensas, puede articularse mediante la oportuna resolución del órgano judicial competente para el enjuiciamiento, en el convencimiento de que no supone entorpecimiento alguno del trámite.
 

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