Un joven fue condenado ayer en una sentencia firme dictada
por la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta a 1
año y 6 meses de prisión por atentado y lesiones a un agente
de la Policía Nacional.
El acusado, que se enfrentaba inicialmente a una petición de
cárcel de 4 años por parte del Ministerio Fiscal, finalmente
se conformó con una pena menor que no supondrá su entrada en
prisión, ya que la sentencia queda en suspenso.
Los hechos se produjeron en la frontera de El Tarajal. Según
admitió el acusado, golpeó a un agente del Cuerpo Nacional
de Policía, al que causó lesiones que le provocaron que
tuviera que permanecer un mes de baja.
Así, el delito de atentado fue penado con un año de prisión,
mientras que el de lesiones se resolverá con una pena de
seis meses de cárcel. Además, el joven deberá indemnizar al
policía nacional con 1.485 euros por las lesiones que le
produjo.
Dado que no tiene antecedentes penales, la pena quedará en
suspenso, si bien tendrá que andar con cuidado: si volviera
a delinquir en un plazo de dos años y resultase condenado,
deberá cumplir íntegramente la pena, además de la que le
supusiera el otro delito que pudiera cometer.
Fue condenado en base a los artículos 550 y 551 del Código
Penal. En este sentido son reos de atentado los que acometan
a la autoridad o a sus agentes o funcionarios, o empleen
fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan
resistencia activa también grave,, cuando se hallen
ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de
ello. El de lesiones se contempla en el artículo 147 del
citado cuerpo legal, que señala que quien por cualquier
medio o procedimiento causare a otro una lesión que
menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental
será castigado como reo del delito de lesiones con al pena
de prisión de seis meses a tres años.
No está tan claro otro caso de atentado cuya vista oral
quedó ayer suspendida hasta el mes de octubre, concretamente
el día 22. Se acusa a Mohamed A.A., de atentado contra dos
agentes del Cuerpo Nacional de Policía, amenazándoles con un
destornillados.
Los testigos que habían sido citados eran cinco: dos
policías nacionales, que sí se personaron, y tres testigos
de la defensa del joven, de los cuales sólo se presentó uno.
El juicio fue suspendido hasta en cuatro ocasiones, en las
cuales los testigos se presentaron unas veces sí y otras no.
Finalmente, ayer fueron condenados a multa de 200 euros dos
testigos de la defensa, Fara Y. y Said A.C., aunque podrían
verse libres de la multa si certificasen que su ausencia fue
justificada. El propio acusado puso de manifiesto que ambos
tuvieron que ir a Marruecos por problemas personales
urgentes.
Se suspendió la vista, aunque después de dicha decisión de
la juez, a petición de la defensa y con la anuencia de la
representante del Ministerio Fiscal, el joven declarara a
este diario que es completamente inocente.
Según afirmó, la base de su defensa estriba en que él fue
conducido a Comisaría porque se sospechaba que era una
persona que se encontraba en Ceuta en situación ilegal, lo
cual no es cierto.
Según afirmó, ya en Comisaría fue cacheado y se le encontró
un destornillador en un bolsillo, que no habría esgrimido en
momento alguno.
Explicó también que uno de los agentes se encontraba “muy
nervioso” y que incluso, sin explicación aparente, se le
cayó la porra en el transcurso de las actuaciones
policiales. El juicio, por tanto, hasta el mes de octubre.
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