CCOO ha logrado que la titular del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta haya admitido un
recurso contra el auto sobreseimiento provisional de las
actuaciones sobre malos tratos en el centro de menores
‘Punta Blanca’ que ella misma había dictado el pasado día 8
de junio. La central sindical, que había denunciado el
asunto, se mostró en contra de la decisión de la juez,
entendiendo que existen motivos “mas que suficientes” para
que continúen las actuaciones judiciales. Así, no queda aún
agotada la vía judicial por este caso de supuestos malos
tratos a menores internos en el centro.
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 4 de Ceuta, Paloma Gómez Palomares, ha admitido a
trámite un recurso contra el auto de sobreseimiento
provisional de actuaciones por presuntos malos tratos a
menores acogidos en el centro ‘Punta Blanca’.
Los hechos habrían dado comienzo en 2009, y la denuncia
finalmente recayó en el citado juzgado. Hasta seis jueces
distintos habrían estado al frente del asunto, por
diferentes motivos, hasta que llegó la última magistrada, en
situación de interinidad, y dio por zanjado el caso con el
citado auto de sobreseimiento provisional de las actuaciones
judiciales, que se produjo el día 8 de este mismo de junio.
Conocida la decisión judicial, CCOO puso de relieve desde el
primer momento su disconformidad con la decisión de la juez,
entendiendo que existían motivos más que suficientes para
que continuaran las acciones judiciales.
Así las cosas, a principios de esta semana se interpuso lo
que técnicamente se denomina un recurso de reforma
subsidiaria de apelación, en contra del auto de la juez.
El hecho de que sea un recurso subsidiario de apelación
significa que se apela ante el propio juzgado que dicta el
auto y que en el caso de que éste desestimara el recurso
interpuesto, subsidiariamente se formularía un recurso -de
forma automática- ante la instancia inmediatamente superior,
esto es, la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz
en Ceuta.
El letrado que ha interpuesto dicho recurso ante el Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción número 4, José Aureliano
Martín Segura, informó de habías sido presentado en tiempo y
forma y confirmó que había sido admitido.,
Martín Segura ya puso de relieve antes de presentarlo que a
la parte denunciante le parece que el sobreseimiento
provisional de las actuaciones es “totalmente irregular”. En
este sentido, explicó que habían “pruebas concretas” y que y
cuestiones “no resueltas. Los testimonios de los jóvenes
presuntamente maltratados son muy fuertes. Y también hay
implicada gente muy fuerte”.
El letrado declinó adelantar en qué tipo de argumentación se
basa el recurso subsidiario de apelación presentado, por
respeto a la autoridad judicial.
La juez, en la fundamentación del auto de sobreseimiento
provisional, determinó que no resultaba sobradamente
justificada la perpetración del delito que dio motivo a la
formación de la causa, al no concurrir ninguno de los
requisitos para realizar la imputación pertinente.
En este sentido, entiende la juez que no existe motivos para
imputar a educadores, monitores, vigilantes de seguridad o
cualquier responsable del centro, dado que de la instrucción
no se ha determinado ningún incidente incardinable en alguna
figura delictiva”. Desde su perspectiva, “sólo se han puesto
de relieve discrepancias en el uso del régimen disciplinario
del centro o en la adopción de las medidas de sujección
mecánica que debieran en su caso haber sido objeto de
recurso por el menor en la vía administrativa, pero que no
configuran un desvalor de injusto suficiente para la
comisión de la figura delictiva de torturas imputada”.
Así las cosas, desde la parte denunciante se está a la
espera del pronunciamiento de la titular del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 4 en torno al recurso
presentado contra el auto de sobreseimiento.
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