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sucesos - SÁBADO, 26 DE MAYO DE 2012


cárcel algecireña de Botafuegos. e.p.

tribunales
 

El traslado de un preso fuerza a atrasar un juicio por receptación

Tres jóvenes se conformaron con cumplir una pena mínima de seis meses de prisión que podrán conmutar por una multa de dos euros al día durante doce meses
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Disfunciones en la conducción de un joven preso en la cárcel algecireña de Botafuegos motivaron que, inusualmente, ayer viernes se celebrara un único juicio en la sala de vistas del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta. Tres jóvenes se conformaron con seis meses de prisión por tres delitos de receptación.

Un fallo en el traslado de un preso que debía haber comparecido el jueves ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta promovió que la sala se reuniera ayer viernes -jornada en la que habitualmente no se celebran juicios- para celebrar una vista por receptación de objetos robados.

En efecto, el juicio estaba previsto el jueves a las 12.00 horas en la sala de vistas del edificio Ceuta Center. A esa hora, el preso aún no había salido de la prisión de Botafuegos, en Algeciras, por lo que se decidió que la celebración tuviese lugar ayer, a las 11.30 horas.

La vista oral duró pocos minutos, ya que las partes -Ministerio Fiscal y abogados defensores- llegaron a un acuerdo previo. Los tres jóvenes, Dris S.A. -que se encuentra en prisión por otro motivo-, Abdelkrim E.M. y Sufian A.H., se declararon culpables de un delito de receptación de objetos robados y aceptaron cumplir una pena de seis meses de prisión, que ha sido conmutada por una multa de dos euros diarios durante 12 meses, esto es, 720 euros.

El tercero de ellos, Sufian, ya había pagado -y así lo demostró- 300 euros, por lo que mostró su deseo de efectuar un único pago más de 420 euros para saldar su deuda.

Los otros dos pidieron poder pagar la multa de forma fraccionada, y así tendrán que hacer frente a 10 pagos de 72 euros. En el caso de que fallaran alguno de ellos, automáticamente ingresarán en prisión. Los hechos se producían el día 13 de marzo de 2088, cuando apareció un vehículo Volkswagen Golf con las lunas fracturadas. En su interior habían sido sustraídas una radio con CD marca JVC, así como seis altavoces -’bombos’- y una etapa de potencia.

Aunque en un principio se sospechaba que Dris podría haber sido el autor del robo, lo cierto es que las partes convinieron en que la sustracción había sido realizada por personas desconocidas. Sí quedó claro que independientemente de quien efectuara los destrozos en el vehículo y robase los bienes anteriormente descritos, fueron Dris S.A. y Abdelkrim E.M. quienes se hicieron con ellos después de un trato con personas desconocidas.

A su vez, lo vendieron a Sufian. Todos ellos se mostraron conscientes, y así lo confirmaron ante el tribunal, de ser conocedores de la procedencia ilícita de los bienes, en concreto de las ‘bombas’ y la etapa de potencia. Se desconoce el paradero de la radio-CD.

Fueron condenados en firme -tanto el Ministerio Fiscal como los abogados se mostraron en contra de presentar ulteriores recursos- en el mismo acto que presidió la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1. La condena se basa en el artículo 298.1 del Código Penal, que indica que el que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables da aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. En este caso, dada la conformidad de los acusados, se aplicó la pena mínima prevista.
 

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